Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 202. Viernes 1 de octubre de 2021 - 4269

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

4269 EDICTO de 14 de mayo de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0001138/2019.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 182.41 Kb.
BOC-A-2021-202-4269. Firma electrónica - Descargar

Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 12 de mayo de 2021.

D. Alfonso Manuel Fernández García, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arona, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al juicio verbal nº 1138/2019, a instancia de D. Rafael Casas Nieto, como parte demandante, representada por el Procurador D. Buenaventura Alfonso González y asistida por la Letrada Dña. María de los Ángeles Muñoz Montoro, contra D. Antonio José Sánchez Gallego, como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, procede en nombre de S.M. El Rey a dictar la presente resolución

FALLO

Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas a instancia de D. Rafael Casas Nieto, como parte demandante, contra D. Antonio José Sánchez Gallego, como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a esta a abonar a la demandante la cantidad de 3.929,96 euros. De ella, la cantidad de 3.600 euros devengará el interés de demora del 12% desde que sea exigible cada mensualidad impagada, el día 6 de cada mes impagado. La cantidad de 329,96 euros devengará el interés de demora del 12% desde el 12 de abril de 2019.

Se imponen a la parte demandada las costas ocasionadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, que deberá presentarse en este Juzgado dentro del término de veinte días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 458 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. La anterior Sentencia fue leída y publicada por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, en el mismo día de su fecha estando celebrando Audiencia Pública en Arona.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Antonio José Sánchez Gallego, expido y libro el presente en Arona, a 14 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias