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BOC-A-2021-169-3861.
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Primero.- Con fecha 13 de febrero de 2015, la sociedad Lanzagorta Comunicaciones, S.L., solicita la autorización administrativa de la instalación denominada Parque Eólico Camino de la Madera de 9,2 MW de potencia nominal, en los términos municipales de Santa Lucía de Tirajana y Agüimes.
Segundo.- Que en fecha 5 de abril de 2017, se solicita el cambio de titularidad del proyecto en favor de Gas Natural Fenosa Renovables, S.L.U., a quien se le subrogan todos los derechos y obligaciones contraídos hasta la fecha, en virtud de la fusión por absorción inscrita en el registro mercantil de Barcelona según certificación de fecha 30 de junio de 2016.
Tercero.- Que mediante Resolución 495/2018, de 22 de marzo, de la Dirección General de Industria y Energía por la que se concede a Gas Natural Fenosa Renovables, S.L.U. autorización administrativa de la instalación eólica de generación eléctrica denominada Parque Eólico Camino de la Madera de 9,2 MW de potencia nominal, en los términos municipales de Santa Lucía de Tirajana y Agüimes. Expediente ER-15/0018.
Cuarto.- Que por Resolución 213/2021, de 23 de febrero, de la Dirección General de Energía por la que se concede a Naturgy Renovables, S.L.U., declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eólica de producción eléctrica denominada Parque Eólico Camino de la Madera de 9,2 MW de potencia nominal, en los términos municipales de Santa Lucía de Tirajana y Agüimes, en Gran Canaria. ER-15/0018.
De conformidad con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la declaración de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos de lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En cumplimiento del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación concreta e individualizada se acompaña al presente anuncio, para que en el día y hora que se señala en el cuadro anexo comparezcan en el Ayuntamiento de Tuineje, Fuerteventura, según se indica en el presente anuncio, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno si fuese necesario.
El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 13 de septiembre de 2021, en el Ayuntamiento de la Villa de Agüimes en las dependencias que al efecto tiene en la calle Dr. Joaquín Artiles, nº 1, 35260 y el día 14 de septiembre en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en las dependencias que al efecto tiene en la Avenida de Las Tirajanas, nº 151, 35110-Vecindario, según el horario que se asigna a cada afectado en la relación anexa a este anuncio.
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente, con igual horario.
Los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por personas debidamente autorizadas, aportando el Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar a su costa de perito y notario, si lo estiman oportuno.
De acuerdo con el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los titulares y demás interesados podrán formular ante la Dirección General Energía del Gobierno de Canarias (Servicio de Coordinación Administrativa) cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido cometer en la relación de bienes y derechos afectados cuya relación individualizada se adjunta como anexo a este anuncio.
Una vez cumplidas las formalidades exigidas en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento, se procederá a llevar a efecto la ocupación y toma de posesión de las fincas que se relacionan en el anexo que se acompaña al presente escrito.
La formalización de las actas de ocupación, para aquellos casos en los que resulte necesaria tendrá lugar el día 22 de septiembre de 2021, en el Ayuntamiento de la Villa de Agüimes en las dependencias que al efecto tiene en la calle Dr. Joaquín Artiles, nº 1, 35260 y el día 23 de septiembre en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en las dependencias que al efecto tiene en la Avenida de Las Tirajanas, nº 151, 35110-Vecindario, según el horario que se asigna a cada afectado en la relación anexa a este anuncio.
El presente anuncio se notificará al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de Agüimes y al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, tablón de edictos de los referidos Ayuntamientos y, al menos, en dos periódicos de la provincia, servirá de notificación a los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el expediente expropiatorio la sociedad Naturgy Renovables, S.L.U. asume la condición de entidad beneficiaria.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de julio de 2021.- La Directora General de Energía, Rosa Ana Melián Domínguez.
Ver anexo en las páginas 36242-36246 del documento Descargar
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