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BOC Nº 151. Viernes 23 de julio de 2021 - 3590

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V. ANUNCIOS - Ayuntamiento de Valsequillo (Gran Canaria)

3590 ANUNCIO de 8 de julio de 2021, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación Menor nº 2 del Plan General de Ordenación de Valsequillo de Gran Canaria.

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BOC-A-2021-151-3590. Firma electrónica - Descargar

En sesión extraordinaria y urgente celebrada por el Pleno de la Corporación, el día 16 de junio de 2021, se acordó la aprobación definitiva de la Modificación Menor nº 2 del Plan General de Ordenación de Valsequillo de Gran Canaria, consistente en la modificación del contenido de la ordenación pormenorizada del planeamiento en vigor -modificación del artículo 80.3.2 del Documento Normativo del PGOV-, que regula los límites máximos de potencia de las industrias de tipo medio y las industrias pesadas en los suelos municipales en los que su uso está permitido, según documento técnico integrado por Memoria, Normativa vigente y modificada.

La modificación se materializa con la supresión de la limitación de potencia máxima total instalada en las industrias tipo "C" y tipo "D", manteniéndose el resto de las determinaciones del artículo 80.3.3.2 del Documento Normativo del Plan General de Ordenación de Valsequillo. Así, de los apartados B y C (Industria media e industria pesada) se eliminarán las frases "una potencia total instalada entre 10 C.V. y 50 C.V" y "y con potencia instalada superior a 50 C.V.", respectivamente, manteniéndose el resto de contenido del artículo.

El contenido íntegro de la Modificación Menor nº 2 del Plan General de Ordenación de Valsequillo de Gran Canaria se encuentra a disposición del público en la dirección electrónica https://www.valsequillogc.es/ayto3/politica-territorial-y-medio-ambiente/

El informe ambiental estratégico de la Modificación Menor nº 2 del Plan General de Ordenación de Valsequillo de Gran Canaria fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 148, miércoles 9 de diciembre de 2020.

Contra el citado acto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la fecha de la presente publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo establecido en el artículo 10.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que se estimare oportuno interponer.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en relación con el artículo 103 del Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, para la entrada en vigor de la modificación menor aprobada, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 105 y 106 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias.

Valsequillo de Gran Canaria, a 8 de julio de 2021.- El Alcalde, Francisco Manuel Atta Pérez.

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