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BOC Nº 130. Viernes 25 de junio de 2021 - 3193

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V. ANUNCIOS - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

3193 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 16 de junio de 2021, de requerimiento por el que se solicita la subsanación de las solicitudes de subvención prevista en la Resolución de 14 de febrero de 2019, de la Presidenta, que aprueba las bases reguladoras del programa de subvenciones destinadas a la contratación laboral en prácticas de personas desempleadas, preferentemente de primer empleo, denominado "Nuevas Oportunidades de Empleo", con una vigencia limitada hasta el ejercicio 2021, y la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Presidenta, que aprueba la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones con cargo a dicho Programa, correspondiente al ejercicio 2021, modificada por Resolución de 20 de abril de 2021.

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BOC-A-2021-130-3193. Firma electrónica - Descargar

En relación con las solicitudes presentadas por las entidades a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en la Resolución de 14 de febrero de 2019, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones destinadas a la contratación laboral en prácticas de personas desempleadas, preferentemente de primer empleo, denominado "Nuevas Oportunidades de Empleo", con una vigencia limitada hasta el ejercicio 2021 y la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones con cargo a dicho Programa, correspondiente al ejercicio 2021, a las entidades relacionadas en el Anexo II se les requiere y/o informa de los incumplimientos detectados, especificando lo/s correspondiente/s a cada expediente presentado y las observaciones oportunas, hallándose su correspondencia numérica en el Anexo I:

1.- Para los incumplimientos o deficiencias incluidas en el artº. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le concede un plazo improrrogable de 10 días contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias para que la Entidad remita al Servicio Canario de Empleo, la documentación solicitada.

Se le advierte que, de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido, se le tendrá por desistido de su petición, a tenor de lo establecido en el artº. 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el punto undécimo de las bases reguladoras aprobadas en Resolución de 14 de febrero de 2019, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo para el programa de subvenciones destinadas a la contratación laboral en prácticas de personas desempleadas, preferentemente de primer empleo, denominado "Nuevas Oportunidades de Empleo".

2.- Para los incumplimientos detectados una vez instruido por parte del Servicio Canario de Empleo los procedimientos correspondientes y encuadrados en el artº. 82 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le concede un plazo de 10 días como trámite de audiencia para alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen oportunos, advirtiéndole de que si así no lo hiciera o las alegaciones o documentos presentados no se tuvieran en cuenta, se procederá a la denegación de estos expedientes.

Mediante este documento se notifica a las entidades relacionadas el contenido del presente requerimiento, según lo exigido en los artículos 40.1 y 45.1.b), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.2015).

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de junio de 2021.- La Subdirectora de Empleo, María del Carmen Armada Estévez.

Ver anexo en las páginas 27254-27260 del documento Descargar

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