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BOC Nº 118. Miércoles 9 de junio de 2021 - 2929

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

2929 ORDEN de 19 de abril de 2021, por la que se aprueba la convocatoria de determinados Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, en su XXVIII Edición.

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BOC-A-2021-118-2929. Firma electrónica - Descargar

Examinada la Propuesta de la Viceconsejería de Sector Primario para convocar determinados Premios Agrarios, Pesqueros y Agroalimentarios y, teniendo en cuenta los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Decreto 89/2006, de 27 de junio, se instituyen los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios con el fin de promover la labor de las personas y entidades que dedican su esfuerzo al estudio y la divulgación de trabajos de contenido agrario, pesquero y alimentario; incentivar los estudios de experimentación e investigación, el fomento del desarrollo tecnológico y la competitividad; mantener un proceso continuo de innovación, investigación experimentación para las actividades de transferencias de tecnología al sistema productivo, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la calidad, así como reconocer la labor y el quehacer realizado por cuantos contribuyen al desarrollo de actividades, que abarcan las áreas de competencia de la Consejería.

Segundo.- Este Departamento es consciente de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19, al haberse declarado mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas prórrogas, el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, adoptando medidas de salud pública que han alterado la normalidad en el desarrollo de las relaciones sociales, económicas y productivas. La suspensión de todas las actividades no esenciales y las limitaciones al desempeño de otras muchas, han provocado un impacto en las personas trabajadoras y productoras del sector primario, especialmente en aquellas que han tenido que suspender su actividad económica provocando dificultades o imposibilitando la continuidad de sus negocios, todo ello en el marco de la situación excepcional derivada de la COVID-19, y la crítica situación ocasionada por el cierre del sector HORECA. Se hace necesario, por tanto, reconocer la labor del sector primario de las zonas rurales de Canarias en el actual escenario de disrupción temporal y generalizada de la actividad económica, resultando de máxima urgencia la adopción de medidas que reconozcan el esfuerzo de dicho sector.

Tercero.- Igualmente debe continuar siendo objeto de consideración un especial reconocimiento a la mujer rural canaria. Ya el Preámbulo del Decreto 63/2010, de 3 de junio, que modifica el Decreto 86/2006, de 27 de junio, por el que se instituyen los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, reconoce que la situación de las mujeres rurales ha cambiado en los últimos años, gracias al protagonismo que han adquirido por sí mismas, realizando un gran esfuerzo que debe ser reconocido. Nadie como ellas conoce las necesidades que se plantean en su medio y es preciso que se vean implicadas en el diseño, planificación, gestión y puesta en marcha de programas de desarrollo rural, así como de otras áreas vinculadas al mismo. Es innegable el papel que desempeñan y han desempeñado y es necesario que la sociedad reconozca los valores de las mujeres del sector.

Con ello se pretende:

* Seguir impulsando y fortaleciendo la transversalidad del enfoque de género en las políticas de desarrollo rural y pesquero, y sensibilizando a la población en general y al personal técnico y político relacionado con la materia sobre la importancia de la igualdad de género para el logro de la sostenibilidad social y el futuro del medio rural y pesquero.

* Apostar por el relevo generacional femenino y por el impulso de nuevos yacimientos de empleo derivados de la multifuncionalidad dentro del mundo rural, incentivando el mantenimiento de las poblaciones en los territorios especialmente de las medianías, objetivo vital más cuando los recursos existentes son de gran valor, especialmente de la mano de las mujeres, imprescindibles para evitar el estancamiento de la economía en esos municipios.

* Impulsar el acceso a las nuevas tecnologías o los "networking" femeninos para el desarrollo de ideas, visualizando el papel de las mujeres en el medio rural, facilitando la conciliación laboral, fomentando el emprendimiento e involucrando a las mujeres en las nuevas tecnologías y trabajos directivos.

* Apoyar las acciones de las asociaciones agro y de mujeres rurales.

Por todo lo anterior, y como continuación a la última edición de 2018, se promueve una nueva convocatoria en su XXVIII Edición de Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios sin contenido económico en las siguientes modalidades:

1. Premio a los Establecimientos de Alojamiento Turístico en la modalidad Hotelera que hayan destacado en la promoción y utilización de los productos agroalimentarios de Canarias.

2. Premio al Establecimiento de Restauración de Canarias, que en su carta cuente con el mayor número de productos canarios.

3. Premio a la Mujer Rural Canaria, empresaria, que haya destacado en su actividad y sea única titular de la explotación agraria.

4. Distinción Honorífica a personas o entidades que, en el transcurso de su trayectoria profesional, de forma continuada y relevante, hayan realizado actuaciones en beneficio del sector agrario, pesquero y alimentario, en el ámbito de Canarias.

A los que resultan de aplicación el siguiente

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- Corresponde a la titular del Departamento la convocatoria de los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, al amparo del artículo 3 del Decreto 86/2006, de 27 de junio, por el que se instituyen los mismos en los términos allí establecidos.

Por todo lo anterior,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar la "XXVIII Edición de los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios", sin contenido económico, para las siguientes modalidades:

1. Premio a los Establecimientos de Alojamiento Turístico en la modalidad Hotelera que hayan destacado en la promoción y utilización de los productos agroalimentarios de Canarias.

2. Premio al Establecimiento de Restauración de Canarias, que en su carta cuente con el mayor número de productos canarios.

3. Premio a la Mujer Rural Canaria, empresaria, que haya destacado en su actividad y sea única titular de la explotación agraria.

4. Distinción Honorífica a personas o entidades que, en el transcurso de su trayectoria profesional, de forma continuada y relevante, hayan realizado actuaciones en beneficio del sector agrario, pesquero y alimentario, en el ámbito de Canarias.

Segundo.- Informar a las entidades mencionadas en el artículo 4 del Decreto 86/2006, de 27 de junio, que deberán presentar sus candidaturas ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca, conforme al modelo normalizado disponible en la dirección de sede electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, acompañado de la siguiente documentación:

a) Memoria, informe o cualquier otro documento suficientemente explicativo de las motivaciones y/o méritos que se consideren concurrentes en la persona física o entidad propuesta, incluyendo asimismo los datos personales y profesionales de la candidatura.

b) Las propuestas presentadas por Centros de Investigación, asociaciones, corporaciones profesionales, empresas o empresarios del sector: documento acreditativo de la representación con que se actúa.

c) Las propuestas presentadas para el Premio a la Mujer Rural Canaria: documento acreditativo de la titularidad de la explotación agraria.

No obstante lo anterior, y con la finalidad de que no queden excluidos trabajos, estudios, proyectos e incluso personas o entidades cuyos méritos concurran con los requisitos exigidos para cada modalidad, la Consejería de la Administración Pública de Canarias competente en materia agraria, pesquera y alimentaria, podrá proponer sus propias candidaturas.

La Consejería de Agricultura, Ganadería, y Pesca podrá recabar de la persona o entidad proponente cualquier otro dato o documentación complementaria que considere necesaria para la verificación de los méritos alegados.

La candidatura, así como la documentación que preceptivamente deba acompañarla, se presentará en los términos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación de forma telemática, que será obligatoria en los supuestos contemplados en el artículo 14.2 de la citada Ley, se tramitará a través de la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/

La solicitud presencial podrá presentarse en las Oficinas Canarias de Información y Atención Ciudadana del Gobierno de Canarias, situadas en Avenida José Manuel Guimerá, 10, Edificio de Servicios Múltiples II, en Santa Cruz de Tenerife, y calle Profesor Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Servicios Múltiples II, en Las Palmas de Gran Canaria, previa solicitud de cita.

Tercero.- Fijar el plazo de presentación de las candidaturas en veinte (20) días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o potestativamente y de forma previa a este, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, con los efectos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Canarias, a 19 de abril de 2021.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA,

Alicia Vanoostende Simili.

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