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BOC Nº 116. Lunes 7 de junio de 2021 - 2871

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

2871 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Directora, por la que se acuerda habilitar un plazo extraordinario de presentación de solicitudes en el procedimiento seguido para la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución para la implantación del Plan de Choque para el empleo joven 2019-2021, como consecuencia de las incidencias detectadas en la operatividad de la sede electrónica.

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BOC-A-2021-116-2871. Firma electrónica - Descargar

En el Boletín Oficial de Canarias nº 84, de fecha 26 de abril de 2021, se publica Resolución de esta Dirección del Servicio Canario de Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 2019-2021, abarcando el plazo de presentación de solicitudes de participación a las citadas pruebas selectivas desde el día 27 de abril hasta el día 24 de mayo de 2021, ambos inclusive.

Como consecuencia de problemas técnicos detectados en la sede electrónica el pasado día 24 de mayo de 2021, último día para participar en las pruebas selectivas, muchas personas aspirantes no pudieron presentar su solicitud, comunicando la incidencia a este Organismo Autónomo.

Visto el informe del Servicio de Informática del Servicio Canario de Empleo, de fecha 25 de mayo de 2021, en el que se comunica que por motivos ajenos a la voluntad de este Organismo Autónomo, se detectaron incidencias en la operatividad de la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo, a lo largo del 24 de mayo de 2021, último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en las citadas pruebas selectivas, lo que impidió a determinadas personas aspirantes pudieran culminar el proceso de presentación de su solicitud.

Considerando que la presentación telemática de solicitudes para participar en las pruebas selectivas convocadas constituye un derecho de las personas aspirantes, siendo ajeno a su voluntad, el hecho de no haber podido culminar la presentación en la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo, de forma que dicho derecho, en modo alguno, puede verse perjudicado como consecuencia de las incidencias sufridas en la operatividad de la sede electrónica.

Visto el comunicado emitido por este Organismo Autónomo, en que se determina que habida cuenta de las incidencias producidas en la sede electrónica, se procederá a dictar Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y en la web de este Organismo, declarando inhábil el día 24 de mayo de 2021, a los solos efectos de presentación de solicitudes en la participación de las referidas pruebas selectivas, reanudándose el plazo el día siguiente hábil a la publicación de la referida resolución en el Boletín Oficial de Canarias y por el plazo que en la misma se establezca.

Considerando que el artículo 31 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.2015), establece que la Administración Pública ha de garantizar el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medios electrónicos (apartado 1), permitiendo la presentación de documentos todos los días del año durante las 24 horas [apartado 2.a)].

Considerando, asimismo, lo previsto en el inciso 3 del citado artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, según el cual "La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquella y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo. Este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, sin que resulte de aplicación a los mismos lo dispuesto en el artículo 30.6".

Considerando que nos encontramos ante un plazo vencido, al haberse producido la incidencia en la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo el último día para poder participar en las pruebas selectivas, por lo que no sería de aplicación el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, referido a la ampliación de plazos no vencidos como consecuencia de incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda.

Vista la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 20 de febrero de 2020, por la que se acuerda delegar en la persona titular de la Dirección del Servicio Canario de Empleo la convocatoria y aprobación de las bases específicas que han de regir la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución para la implantación del Plan de Choque para el Empleo Joven 2019-2021 (BOC nº 44, de 4.3.2020).

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Habilitar un plazo extraordinario de presentación de solicitudes de dos días hábiles para participar en las pruebas selectivas para la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 2019-2021, como consecuencia de las incidencias detectadas en la operatividad de la sede electrónica, plazo que se iniciará el día siguiente hábil a la publicación de este acto en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Proceder a la admisión de las solicitudes de aquellas personas aspirantes que no se hayan visto afectadas por la incidencia técnica en el funcionamiento de la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo el pasado día 24 de mayo de 2021, al haber presentado su solicitud con éxito, procediéndose, en consecuencia, a incluirlas en las lista provisional de personas admitidas y excluidas que se publique en su momento, conforme a lo previsto en la base 6ª.1 de la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 29 de marzo de 2021, por la que se convocan las pruebas selectivas.

Tercero.- Los requisitos de participación de las personas aspirantes, así como las condiciones o supuestos de hecho que permiten acogerse a las exenciones o bonificaciones de las tasas, en su caso, deberán poseerse a fecha 24 de mayo de 2021, fecha en la que concluyó el plazo ordinario de presentación de solicitudes.

Cuarto.- La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, se podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de mayo de 2021.- La Directora (p.d. Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 20.2.2020; BOC nº 44, de 4.3.2020), Dunnia Rosa Rodríguez Viera.

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