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BOC Nº 112. Miércoles 2 de junio de 2021 - 2822

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

2822 ORDEN de 25 de mayo de 2021, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024.

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BOC-A-2021-112-2822. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente de modificación de la Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 tramitado por la Secretaría General Técnica del Departamento.

Vista la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formulada por:

- La Dirección del Servicio Canario de Empleo, con fecha 24 de mayo de 2021.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1. Por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 (BOC nº 269, de 30.12.2020), posteriormente modificado por la Orden de 24 de febrero de dicha Consejería (BOC nº 45, de 5.3.2021).

2. Posteriormente a las citadas Órdenes, se han producido los siguientes hechos:

El alargamiento de la crisis sanitaria en el primer trimestre de 2021 y los efectos en la economía de las medidas tomadas para frenar su expansión en todo el mundo han aumentado el riesgo de un deterioro significativo de los balances de las empresas y un aumento del sobreendeudamiento que podría lastrar la recuperación y la creación de empleo a partir de la segunda parte del año.

Con el fin de responder de manera anticipada a posibles problemas de solvencia con impacto macroeconómico, es preciso adoptar medidas adicionales de refuerzo de la solvencia de aquellas empresas viables que están sufriendo una intensa caída de sus ingresos debido a la larga duración de la reducción de actividad en determinados sectores y ámbitos geográficos más afectados por la pandemia.

Con este objetivo se crea la Línea Covid de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, mediante el Real Decreto 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Estas ayudas directas tendrán carácter finalista, empleándose para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos o no cubiertos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley.

De acuerdo a lo establecido en la Orden HAC/283/2021, de 25 de marzo, por la que se concretan los aspectos necesarios para la distribución definitiva, entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, de los recursos de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 corresponden a la Comunidad Autónoma de Canarias 1.144.262.080,00 euros, de entre los cuales se transfieren al Servicio Canario de Empleo 70 millones de euros.

Por todo lo dicho, se ha procedido a crear una nueva línea de actuación denominada 504G1138 "Medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 (autónomos)" por importe 70.000.000 euros, con el objetivo de dotar de solvencia a las personas autónomas que tributen en el IRPF en estimación objetiva en respuesta a la pandemia de la COVID-19. Dicha línea se incluye dentro la financiación estatal-otras.

3. Se actualiza con la mencionada medida el anexo a esta propuesta denominado "Descripción de las actuaciones, objetivos, coste estimado e indicadores".

4. En la Secretaría General Técnica de este Departamento se ha recibido propuesta de la Dirección del Servicio Canario de Empleo en la que se solicita modificar el actual Plan Estratégico 2021-2024, en su anualidad 2021, en los términos y líneas de actuación anteriormente citados, siendo el desglose del mismo el que se incluye en el anexo mencionado.

5. Resulta preceptiva la emisión de informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuesto en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, informe que se ha emitido, con fecha 25 de mayo de 2021 en sentido favorable condicionado a que se autorice la correspondiente generación de crédito en el presupuesto del Servicio Canario de Empleo para 2021.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del mencionado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de su órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".

Cuarta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6.1 del mencionado Decreto, y con el objeto de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando el Servicio Canario de Empleo, procede la modificación de dicho Plan.

Quinta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.

Sexta.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en el artículo 31.1.a), en relación con el artículo 16.1, que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Séptima.- De acuerdo con el artículo 7.5 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación con el artículo 8 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, este Departamento asume las competencias en materia de empleo que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, en cuanto a la anualidad 2021, en los términos propuestos y cuyo detalle se incluye en el anexo denominado "Descripción de las Actuaciones, Objetivos, Coste Estimado e Indicadores".

Segundo.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 aprobado por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020 (BOC nº 269, de 30.12.2020), posteriormente modificado por la Orden de 24 de febrero (BOC nº 45, de 5.3.2021).

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2021.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO

Elena Máñez Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 24203-24207 del documento Descargar

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