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BOC Nº 101. Martes 18 de mayo de 2021 - 2576

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

2576 DECRETO 43/2021, de 6 de mayo, por el que se acuerda la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster Universitario en Dirección de Eventos y Protocolo, Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera, Máster Universitario en Educación Bilingüe y Máster Universitario en Tecnología Digital Aplicada a la Enseñanza, por la Universidad del Atlántico Medio.

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BOC-A-2021-101-2576. Firma electrónica - Descargar

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado.

Las enseñanzas de Máster tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.

El apartado 2 del artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, establece que para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deberán poseer la autorización pertinente de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en la legislación de la misma y lo previsto en el artículo 8 de esta Ley, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno. El procedimiento deberá preservar la autonomía académica de las universidades.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias.

La Junta de Gobierno de la Universidad del Atlántico Medio acuerda con fecha 10 de mayo de 2019, 12 de febrero de 2020 y 11 de mayo de 2020 solicitar la autorización para la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster Universitario en Dirección de Eventos y Protocolo, Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera, Máster Universitario en Educación Bilingüe y Máster Universitario en Tecnología Digital Aplicada a la Enseñanza.

La Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa (ACCUEE) informa con fecha 12 de enero de 2021 que los mencionados títulos oficiales universitarios cumplen con los requisitos y criterios establecidos en el Decreto 168/2008, de 22 de julio, que regula el procedimiento, requisitos y criterios de evaluación para la autorización de la implantación de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El Consejo Universitario de Canarias informa en sesión celebrada con fecha 7 de abril de 2021 la propuesta de implantación de las citadas enseñanzas universitarias.

La implantación de estas enseñanzas no supone coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, previo informe del Consejo Universitario de Canarias, y de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza por su Estatuto de Autonomía, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 6 de mayo de 2021,

D I S P O N G O:

Primero.- Acordar la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster Universitario en Dirección de Eventos y Protocolo, Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera, Máster Universitario en Educación Bilingüe y Máster Universitario en Tecnología Digital Aplicada a la Enseñanza, por la Universidad del Atlántico Medio.

Segundo.- La implantación de estas enseñanzas queda condicionada en su efectividad a la verificación del plan de estudios previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Tercero.- El alumnado que haya comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrá acceder a estas nuevas enseñanzas que se implantan, previa admisión de la Universidad, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y en la normativa de la propia Universidad.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 6 de mayo de 2021.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Ángel Víctor Torres Pérez.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Manuela de Armas Rodríguez.

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