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BOC-A-2021-087-2302.
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Dña. María Teresa Oliver Guerra, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
"SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.
Vistos por José Alexis Reyes Negrín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su partido, los presentes autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad registrado con el nº 42/2020, seguidos a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por la Letrada Habilitada del Servicio Jurídico del Estado, contra D. Héctor Espino Sánchez y contra D. Saúl Medina León, que fueron declarados en situación legal de rebeldía procesal.
FALLO
Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros, contra D. Héctor Espino Sánchez y contra D. Saúl Medina León; en virtud de lo cual, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone, de forma solidaria, a la parte actora la cantidad de seiscientos noventa y tres euros con cuarenta y cinco céntimos de euro (693,45), más los intereses en los términos indicados. Y ello con expresa condena en costas a esta parte demandada.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 455.1 de la LEC."
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Héctor Espino Sánchez expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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