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BOC Nº 87. Jueves 29 de abril de 2021 - 2294

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de La Laguna

2294 RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2021, por la que se modifica la Resolución de 8 de febrero de 2021, que convoca concurso público, por el procedimiento ordinario, para la provisión de una plaza de Personal Docente e Investigador contratado en régimen de derecho laboral, en la figura de Profesor Contratado Doctor Tipo 1 con cargo al Programa I3.

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BOC-A-2021-087-2294. Firma electrónica - Descargar

Mediante Resolución de 8 de febrero de 2021, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 36, del día 22 del mismo mes, se convocó la provisión, mediante concurso público, de una plaza de Personal Docente e Investigador contratado en régimen de derecho laboral del Área de conocimiento de Medicina, en la figura de Profesor Contratado Doctor Tipo 1 I3, incluida en la Oferta Pública de Empleo de 2019.

Mediante escrito, con registro de entrada nº 2021/16292, de 1 de marzo, la Dirección General de Costes de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda, requiere a esta Universidad para que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modifique la base 2.2 de dicha Resolución para ajustarla a lo establecido en el artículo 19.Uno.3.l) párrafo 2º de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

En consecuencia, atendiendo al requerimiento referenciado, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en adelante, LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 de la citada Ley Orgánica, en relación con el artículo 26 del Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna, resuelve:

Primero.- Modificar la base 2.2 y la base 3.2.3 de la convocatoria efectuada mediante Resolución de 8 de febrero de 2021, por la que se convoca concurso público, por el procedimiento ordinario, para la provisión de una plaza de Personal Docente e Investigador contratado en régimen de derecho laboral, en la figura de Profesor Contratado Doctor Tipo 1 con cargo al Programa I3, en el sentido siguiente:

Donde dice:

"2.2. Requisitos específicos.

I) (...).

II) Requisitos específicos del Programa I3:

a) Haber transcurrido como mínimo 6 años desde la fecha de obtención del doctorado. Se entenderá por dicha fecha la de la lectura y aprobación de la tesis doctoral. En el caso de aquellos investigadores que estén en posesión de más de un doctorado, este requisito se referirá al primero de los doctorados obtenidos.

b) Tener una experiencia posdoctoral no inferior a 24 meses en Universidades o Centros de I+D, españoles o extranjeros, distintos a aquel en el que se encuentren prestando sus servicios o haber cursado íntegramente u obtenido el título de Doctorado en una Universidad extranjera. No obstante lo anterior, y de acuerdo con lo previsto en la Disposición transitoria de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia 1520/2005, de 26 de mayo, en el caso de investigadores del Programa Ramón y Cajal de las convocatorias correspondientes a 2001, 2002 y 2003, el requisito de la experiencia postdoctoral quedará cumplido con la realización de estancias en Universidades o Centros de I+D distintos de aquel en el cual estén prestando sus servicios, durante al menos 18 meses, después de haber completado los cursos de licenciatura.

c) Certificado de evaluación positiva de trayectoria investigadora emitido por la ANEP."

Debe decir:

"2.2. Requisitos específicos.

I) (...).

II) Requisitos específicos del Programa I3:

Las personas aspirantes deben acreditar la finalización del programa Ramón y Cajal y haber obtenido el certificado I3."

Donde dice:

"3.2.3. Documentos específicos Programa I3:

a) Certificación acreditativa de la fecha de lectura y aprobación de la tesis doctoral.

b) Acreditación de la experiencia posdoctoral en universidades o centros de I+D, españoles o extranjeros, distintos a aquel en el que se encuentren prestando sus servicios, conforme a lo previsto en la base 2.2 de los requisitos específicos.

c) Certificado de evaluación positiva de trayectoria investigadora emitido por la ANEP."

Debe decir:

"3.2.3. Documentos específicos Programa I3:

a) Certificado I3.

b) Acreditación de la finalización del Programa Ramón y Cajal."

Segundo.- Establecer un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, según lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

San Cristóbal de La Laguna, a 19 de abril de 2021.- La Rectora, p.d. (Resolución de 27.6.19; BOC de 10.7.19), la Vicerrectora de Personal Docente e Investigador, Rocío Peña Vázquez.

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