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BOC Nº 82. Jueves 22 de abril de 2021 - 2169

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

2169 EDICTO de 8 de febrero de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000844/2019.

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BOC-A-2021-082-2169. Firma electrónica - Descargar

D. David Carralero Núñez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuya encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En Santa Cruz de Tenerife, a 18 de enero de 2021.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de juicio verbal (desahucio precario-250.1.2), nº 0000844/2019 seguido entre partes, de una como demandante Coral Homes, S.L.U., dirigido por la Abogada Dña. Maryelin Méndez Hernández y representado por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez y de otra como demandada ignorados ocupantes, sobre desahucio por precario.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez en nombre de Coral Homes, S.L.U., debo condenar y condeno a los ignorados ocupantes del inmueble sito en calle J.S. Elcano, 3 (con el nº 32 según catastro), Radazul Bajo, a la entrega del inmueble al actor en el plazo legal con apercibimiento de lanzamiento en caso de no cumplimentarlo dentro de dicho término y con condena al demandado al pago de costas legales.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LECn).

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. ignorados ocupantes, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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