Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 79. Lunes 19 de abril de 2021 - 2097

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 (antiguo Mixto nº 2) de San Cristóbal de La Laguna

2097 EDICTO de 9 de marzo de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000628/2020.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 227.59 Kb.
BOC-A-2021-079-2097. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Vanesa Untiedt Lecuona, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 (antiguo Mixto número 2) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 10 de diciembre de 2020.

Vistos por mí Dña. Cristina López-Montero Alcántara, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de La Laguna, los presentes autos de juicio verbal seguidos bajo el nº 628/20 de desahucio por precario seguidos a instancia de la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana Jesús García Pérez en nombre y representación de la entidad mercantil Coral Homes, S.L.U., bajo la dirección letrada de Dña. Carlota García Ortiz contra D. Ángel Pérez García y los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Las Lajas, nº 23-25, planta 2ª, puerta 8, y su anejo inseparable cuarto lavadero número ocho sito en la azotea.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana Jesús García Pérez en nombre y representación de la entidad mercantil Coral Homes, S.L.U. contra D. Ángel Pérez García y los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Las Lajas, nº 23-25, planta 2ª, puerta 8, y su anejo inseparable cuarto lavadero número ocho sito en la azotea, condeno a los mismos a desalojar la vivienda, dejándola libre, vacía y expedita bajo apercibimiento de lanzamiento con expresa condena en costas a la parte demandada.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación.

Así por esta sentencia, Lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido ignorados ocupantes, de la vivienda sita en la calle Las Lajas, nº 23-25, planta 2ª, puerta 8, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 9 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias