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BOC Nº 76. Miércoles 14 de abril de 2021 - 2008

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

2008 EDICTO de 9 de marzo de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0001158/2019.

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BOC-A-2021-076-2008. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Jenny Mora Romero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Sobre: reclamación de cantidad.

Parte demandante: Comunidad de Propietarios Balcón del Atlántico.

Procuradora: Dña. Cayetana López Adán.

Abogado: Dña. Verónica Pérez Sánchez.

Parte demandada: D. Alain Domenech Ojeda.

Procurador:

Abogado:

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Cayetana López Adán, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Balcón del Atlántico, contra D. Alain Domenech Ojeda y, por tanto, se condena a D. Alain Domenech Ojeda a pagar cuatro mil trescientos treinta y un euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (4.331,48 euros) a favor de la Comunidad de Propietarios Balcón del Atlántico; junto con los intereses legales de dicha cantidad, que se devengan desde la interposición de la demanda, el 23 de septiembre de 2019.

Todo ello con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución. Asimismo será necesario para poder interponer el recurso, salvo que el recurrente tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, constituir depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, lo que deberá ser acreditado.

Expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones, llevándose el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, en primera instancia, lo acuerdo, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La sentencia precedente fue publicada en legal forma el día de su fecha, incorporándose al Libro de sentencias de este Juzgado con el número que consta.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Alain Domenech Ojeda, expido y libro el presente en Arona, a 9 de marzo de 2021.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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