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BOC Nº 75. Martes 13 de abril de 2021 - 1988

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1988 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 29 de marzo de 2021, del Secretario General, por la que se dispone la publicación de la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de La Laguna para la realización de estudios de investigación en relación con el contenido de determinados iones metálicos en aguas, alimentos y muestras medioambientales.

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BOC-A-2021-075-1988. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

De conformidad con la normativa citada y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de La Laguna para la realización de estudios de investigación en relación con el contenido de determinados iones metálicos en aguas, alimentos y muestras medioambientales que figura como anexo de la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de marzo de 2021.- El Secretario General, Abraham Luis Cárdenes González.

A N E X O

ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE SALUD Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN EN RELACIÓN CON EL CONTENIDO DE DETERMINADOS IONES METÁLICOS EN AGUAS, ALIMENTOS Y MUESTRAS MEDIOAMBIENTALES.

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de marzo de 2021.

REUNIDOS

De una parte, el Servicio Canario de la Salud, y en su nombre y representación D. Conrado Jesús Domínguez Trujillo, Director del Servicio Canario de la Salud, nombrado para el cargo por Decreto 93/2020, de 4 de septiembre (BOC nº 182, de 5.9.2020), en el ejercicio de las competencias delegadas por la Consejería de Sanidad mediante Orden de 29 de julio de 1997 (BOC nº 113, de 29.8.97).

De otra parte, la Universidad de La Laguna, con CIF Q3818001D, y domicilio en la calle Molinos de Agua, s/n, código postal 38270-San Cristóbal de La Laguna y en su nombre y representación, D. Ernesto Pereda de Pablo, Vicerrector de Investigación, Transferencia y Campus Santa Cruz y Sur, con poderes suficientes para la celebración de este acto, conforme a la resolución de la Rectora de fecha 27 de junio de 2019 (BOC nº 131, de 10.7.19, resolución tercera), por la que se aprueban la delegación de competencias de la Rectora y las suplencias de la Universidad de La Laguna, poderes que no le han sido derogados ni modificados.

Interviniendo ambos en función de sus respectivos cargos, en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas y con plena capacidad legal para suscribir la presente Adenda de prórroga,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 6 de abril de 2017 (BOC nº 77, de 21.4.17) se suscribió el Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de la Laguna para la realización de estudios de investigación en relación con el contenido de determinados iones metálicos en aguas, alimentos y muestras medioambientales.

Segundo.- La eficacia de dicho Convenio se extiende desde la fecha de la firma del mismo, pudiendo ser prorrogada su vigencia, si las partes firmantes del Convenio así lo acuerdan expresamente mediante la suscripción de una Adenda, por un plazo máximo de cuatro años, sin que conlleve aportaciones económicas por ninguna de las partes.

Tercero.- A la vista de los resultados obtenidos, tal y como queda de manifiesto en la memoria justificativa aportada al expediente, se considera conveniente prorrogar el Convenio hasta el día 5 de abril de 2025.

Y en base a cuanto antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Se prorroga en su totalidad por un periodo de cuatro años, hasta el 5 de abril de 2025, el Convenio de Colaboración suscrito el 6 de abril de 2017 entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de La Laguna para la realización de estudios de investigación en relación con el contenido de determinados iones metálicos en aguas, alimentos y muestras medioambientales, manteniéndose inalteradas todas las demás estipulaciones contenidas en el convenio prorrogado.

Segunda.- La suscripción del Convenio no conllevará aportaciones económicas por ninguna de las partes.- El Director del SCS (p.d. Orden de 29.7.97; BOC nº 113, de 29.8.97), Conrado Jesús Domínguez Trujillo.- El Vicerrector de Investigación de la ULL (p.d. Resolución de la Rectora de la ULL, de 27.6.19; BOC nº 131, de 10.7.19), Ernesto Pereda de Pablo.

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