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BOC Nº 66. Miércoles 31 de marzo de 2021 - 1737

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

1737 EDICTO de 8 de septiembre de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000951/2019.

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BOC-A-2021-066-1737. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

FALLO

Estimando en su totalidad la demanda presentada por la demandante entidad mercantil Majoro Reo II Spain, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales D. Javier Hernández Berrocal, y asistida por la Letrada Dña. María Gil Puerto, contra los demandados desconocidos e ignorados ocupantes de la vivienda sita en calle José García García, nº 13, Bloque B, Ático 1, de Santa Cruz de Tenerife, de las circunstancias personales y de identificación que constan en autos:

1.- Declaro haber lugar al desahucio solicitado, y en su consecuencia condeno a los citados demandados a que dejen libre, vacía y a disposición de la actora la finca ubicada en la calle José García García, nº 13, Bloque B, Ático 1, de Santa Cruz de Tenerife, que ocupan en concepto de precario y es objeto de este juicio, apercibiéndoles de lanzamiento si no desalojaren dicha finca dentro del plazo que marca la ley.

2.- Condeno a los demandados al pago solidario de las costas del presente juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los desconocidos e ignorados ocupantes de la vivienda sita en calle José García García, nº 13, Bloque B, Ático 1, de Santa Cruz de Tenerife se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación sentencia.

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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