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BOC Nº 63. Viernes 26 de marzo de 2021 - 1622

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

1622 EDICTO de 28 de enero de 2021, relativo al auto de rectificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario nº 0000404/2019.

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BOC-A-2021-063-1622. Firma electrónica - Descargar

D. Fernando Pérez Polo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en fecha 5.2.2020, de cuyo edicto para publicación se le dio traslado el 10.2.2020, dicha sentencia ha sido rectificada por auto de 13.2.2020, cuya parte dispositiva indica:

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se acuerda de oficio proceder a la aclaración de sentencia de fecha 5.2.2020 y procede rectificar el fallo de la sentencia dictada en estos autos en el siguiente sentido:

1°) Que el inmueble adquirido por doña Lesmayra Josefina Ferreira Muñoz y don Abel Cubas Benítez, sito en la Carretera de Almatriche, nº 190, 2° derecha, de Las Palmas de Gran Canaria, presenta deficiente impermeabilización de la cubierta del inmueble y ausencia y mala aplicación de revestimiento con mortero de la fachada, vicios ocultos que no estaban de manifiesto en el momento de la venta y que impiden su utilización satisfactoria para el fin que fue adquirido.

2º) Se declare, en consecuencia de lo anterior, que doña Natividad del Sagrario Jorge Ávila, como vendedora, está obligada al saneamiento de los vicios ocultos que afectan al inmueble sita en la Carretera de Almatriche, nº 190, 2° derecha, de Las Palmas de Gran Canaria.

3º) Que, estimando la acción de minoración del precio de la venta, se condene a doña Natividad del Sagrario Jorge Ávila a abonar a doña Lesmayra Josefina Ferreira Muñoz y don Abel Cubas Benítez la cantidad de diez mil quinientos sesenta y dos euros (10.562,00 euros), más con todos sus intereses, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada."

Así lo acuerda, manda y firma D. Juan Avello Formoso, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria; doy fe.- El Magistrado-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Natividad del Sagrario Jorge Ávila, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de enero de 2021.- El Letrado/a de la Administración de Justicia.

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