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BOC Nº 60. Martes 23 de marzo de 2021 - 1516

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1516 Secretaría General.- Resolución de 22 de marzo de 2021, por la que se corrigen errores de la Resolución de 19 de marzo de 2021, que dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, y se aprueban medidas específicas y temporales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, con motivo de la Semana Santa de 2021 (BOC nº 57, de 20.3.2021).

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BOC-A-2021-060-1516. Firma electrónica - Descargar

Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Resolución de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno de 19 de marzo de 2021 por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, y se aprueban medidas específicas y temporales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, con motivo de la Semana Santa de 2021.

Visto lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

R E S U E L V O:

Único.- Corregir los errores advertidos en la Resolución de 19 de marzo de 2021 por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, y se aprueban medidas específicas y temporales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, con motivo de la Semana Santa de 2021, en el sentido siguiente:

En el Anexo III de Resumen de las Medidas preventivas del Acuerdo de Gobierno de 19 de junio de 2020, respecto de los sectores o actividades clave con motivo de la Semana Santa de 2021, una vez incorporadas las medidas del Anexo II (desde las 00:00 horas del día 26 de marzo hasta las doce de la noche del día 9 de abril de 2021), apartado 6. Actividades de hostelería y restauración (apartado 3.2 del AG 19.06.20), se modifican los subapartados a), b) y c) en los siguientes términos:

Donde dice:

"a) Hasta el nivel de alerta 1 no se podrá superar el 75% del aforo autorizado en los espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesa será de 10 personas en el exterior y 6 en espacios interiores, y de 4 grupo de clientes en barra. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las doce de la noche.

b) En el nivel de alerta 2 no se podrá superar el 75% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y el 50% en espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 6 personas en el exterior y 4 en espacios interiores, y de 2 por grupo de clientes en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 23.00 h. En consonancia con la medida de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local antes de las 23:00 horas.

c) En el nivel de alerta 3 no se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre, quedando prohibido el servicio en zonas interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 4 personas quedando prohibido el consumo en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 22.00 horas. En consonancia con la medida de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local antes de las 22:00 horas."

Debe decir:

"a) Hasta el nivel de alerta 1 no se podrá superar el 75% del aforo autorizado en los espacios interiores. La ocupación máxima por mesa será de 4 personas, tanto en espacios exteriores como interiores, y en barra, respetando la distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas y entre grupos de clientes en barra. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las doce de la noche.

b) En el nivel de alerta 2 no se podrá superar el 75% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y el 50% en espacios interiores. La ocupación máxima por mesa será de 4 personas, tanto en espacios al aire libre como en interiores, y de 2 por grupo de clientes en barra, respetando la distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas y entre grupos de clientes en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 22.00 h. En consonancia con la medida de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local antes de las 22:00 horas.

c) En el nivel de alerta 3 no se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre, quedando prohibido el servicio en zonas interiores. La ocupación máxima por mesa será de 4 personas quedando prohibido el consumo en barra y el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 22.00 horas. En consonancia con la medida de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local antes de las 22:00 horas."

Canarias, a 22 de marzo de 2021.- La Secretaria General, Cándida Hernández Pérez.

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