Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 227.43 Kb.
BOC-A-2021-052-1324.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. José Manuel Cañada Dorado, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de diciembre de 2020.
La Ilma. Sra. Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de Santa Cruz de Tenerife y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio nº 444/2020, promovidos por Dña. Mariela García Chaviano, representada por la Procuradora Dña. Irma Amaya Correa y bajo la dirección del Letrado D. Manuel Padilla del Toro, y siendo demandado D. Eduardo Rafael Miel Vega en rebeldía en el procedimiento.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Irma Amaya Correa; en nombre y representación de Dña. Mariela García Chaviano, contra D. Eduardo Rafael Miel Vega, en rebeldía en el procedimiento, debo decretar y decreto el divorcio de los referidos cónyuges.
No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y una vez firme comuníquese al Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife, donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Eduardo Rafael Miel Vega, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 23 de diciembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias