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BOC-A-2021-045-1138.
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D./Dña. Antonio Jesús González Batuecas, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto de la Cruz y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
En Puerto de la Cruz, a 16 de diciembre de 2020.
Vistos por el Iltre. Sr. D. Íñigo Herrero Elejalde, Juez de Puerto de la Cruz los presentes autos de juicio verbal (250.2), nº 0000015/2020 seguido entre partes, de una como demandante Comunidad de Propietarios del Edificio Belair, dirigido por el Letrado D. Víctor Manuel Izquierdo Pérez y representado por el Procurador Dña. Ana Isabel Estelle Afonso y de otra, como demandada D. Giuseppe Chiavetta, en rebeldía, sobre obligaciones.
Estimando la demanda interpuesta por Dña. Ana Isabel Estelle Afonso, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios del Edificio Belair, frente a D. Giuseppe Chiavetta, condeno a dicho demandado a que satisfaga a la actora la cantidad de tres mil trescientos veintiocho con veinticuatro euros (3.328,24 euros), más los intereses devengados desde la presentación de la demanda y las costas causadas.
MODO DE IMPUGNACIÓN: contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma. AP Santa Cruz de Tenerife.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Giuseppe Chiavetta, expido y libro el presente en Puerto de la Cruz, a 29 de diciembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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