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BOC-A-2021-034-803.
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La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dictó sentencia con fecha 22 de julio de 2016 en el procedimiento ordinario nº 65/2013, promovido por D. Óscar Pérez Déniz contra el Plan para la Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad del Sector Turístico de San Bartolomé de Tirajana "Maspalomas Costa Canaria", aprobado por Decreto del Gobierno de Canarias 90/2012, de 22 de noviembre.
Una vez notificada dicha sentencia, ya firme, procede su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo prevenido en el artº. 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En su virtud, vistas las disposiciones legales de aplicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 118 de la Constitución Española, el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo y 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
R E S U E L V O:
Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento, al fallo de la Sentencia firme de fecha 22 de julio de 2016 en el procedimiento ordinario nº 65/2013, promovido por D. Óscar Pérez Déniz contra el Plan para la Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad del Sector Turístico de San Bartolomé de Tirajana "Maspalomas Costa Canaria", aprobado por Decreto del Gobierno de Canarias 90/2012, de 22 de noviembre, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de D. Óscar Pérez Déniz frente al acto antes especificado, que consecuentemente anulamos, sin imposición de costas."
Canarias, a 8 de febrero de 2021.- La Secretaria General, Cándida Hernández Pérez.
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