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BOC Nº 30. Viernes 12 de febrero de 2021 - 707

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria

707 EDICTO de 24 de febrero de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0001098/2018.

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BOC-A-2021-030-707. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Yolanda Almagro García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo contienen el siguiente contenido adaptado a la Instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa a la publicación de Edictos en Diarios y Boletines Oficiales y la protección de datos:

"SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de febrero del 2020.

Dña. Beatriz Rallo Valluerca, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal con nº 1098/2018 seguidos ante este Juzgado, entre partes de una Demandante: Victoriano Ceferino Sánchez Sánchez con Procuradora Sonia Ortega Jiménez y asistido por el Letrado Neftali Quintana Talavera y de otra como Demandado: Rafael Alemán Luzardo, sin Letrado/a ni Procurador/a, sobre reclamación de cantidad;

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Dña. Sonia Ortega Jiménez en nombre y representación de Victoriano Ceferino Sánchez Sánchez contra Rafael Alemán Luzardo debo condenar ... .

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Las Palmas de Gran Canaria (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación y deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC). La admisión a trámite del recurso precisará la constitución del depósito previsto en la Disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de cuatro de noviembre) de acuerdo con la Instrucción 8/2009 del Ministerio de Justicia."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Rafael Alemán Luzardo, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de febrero de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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