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BOC Nº 17. Martes 26 de enero de 2021 - 397

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

397 Secretaría General Técnica.- Resolución de 14 de enero de 2021, por la que se dispone la publicación de la primera prórroga al Convenio Marco de Colaboración entre la Asociación Industrial de Canarias-Asinca y la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A.-Proexca (P_7_20).

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BOC-A-2021-017-397. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de octubre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la primera prórroga del Convenio Marco de Colaboración suscrito entre la Asociación Industrial de Canarias-Asinca y la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (PROEXCA), cuyo texto figura como anexo a esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de enero de 2021.- La Secretaria General Técnica, Fayna Álamo Santana.

A N E X O

"PRIMERA PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN INDUSTRIAL DE CANARIAS -ASINCA Y LA SOCIEDAD CANARIA DE FOMENTO ECONÓMICO, S.A.- PROEXCA (P_7_20).

REUNIDOS

De una parte, D. Raúl García Pascual, en calidad de presidente regional de la Asociación Industrial de Canarias-ASINCA, con CIF G38020145, y domicilio en calle Puerto Escondido nº 1, 2º piso, de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife.

Y de otra, D. Laureano Pérez Rodríguez, en calidad de Consejero Delegado de la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (en adelante PROEXCA), inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 1448, Folio 172, Hoja GC-2190, con CIF A 38282455 y domicilio en la calle Emilio Castelar, 4 , 5ª planta, de Las Palmas de Gran Canaria, actuando en nombre y representación de esta Entidad, en uso de la facultad atribuida por el Consejo de Administración de 10 de octubre de 2019, en escritura nº 2061, de 19 de noviembre de 2019, en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, ante Notario D. Francisco Javier Guerrero Arias.

Todas las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento, y a tal efecto,

EXPONEN

I.- Que, con fecha 29 de julio de 2020, fue suscrito Convenio para el establecimiento de las condiciones de colaboración entre las partes, al objeto de delimitar el ámbito de participación en el proyecto de internacionalización del sector industrial de Canarias.

II.- Que, dicho Convenio tiene una duración de un año a contar desde la firma del mismo.

III.- Que, en el propio Convenio se establece (cláusula octava) que el mismo podrá ser prorrogado por consentimiento de las partes por un máximo de cuatro años.

IV.- Que, es voluntad de las partes proceder a la prórroga del Convenio de referencia por un periodo de un año de duración.

V.- En consecuencia, las partes, de mutuo acuerdo, suscriben la presente primera prórroga al Convenio (en adelante, la Prórroga nº 1).

Y, en virtud de lo anterior, las partes,

ACUERDAN

Primero.- Prórroga del Convenio.

Las partes, por medio de la presente Prórroga nº 1, acuerdan prorrogar la duración del Convenio por un periodo de un año, a contar desde la finalización del mismo, 31 de diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Segundo.- Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado en la presente prórroga se estará a lo establecido en la Adenda que se elaborará para las acciones a realizar en el ejercicio 2021, que estarán condicionadas a la disponibilidad presupuestaria de cada una de las partes.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los intervinientes firman la presente Prórroga nº 1 a un solo efecto en la fecha y lugar indicados en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de diciembre 2020.- Por Asociación Industrial de Canarias-ASINCA, Raúl García Pascual, Presidente regional.- Por Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A.-PROEXCA, Laureano Pérez Rodríguez, Consejero Delegado."

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