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BOC-A-2021-012-287.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, ha dictado la siguiente Resolución que es copia auténtica y está asentado en el Libro de Decretos, con nº 63/2021, y fecha 14 de enero de 2021, disponiendo lo que a continuación literalmente se trascribe:
"DECRETO.
Visto el expediente relativo a la convocatoria del proceso selectivo para la provisión con funcionarios/as de carrera, mediante el procedimiento de concurso de traslado, de un (1) puesto de Policía Local correspondiente a plaza de la Escala Básica de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local de la Escala Básica, perteneciente al Grupo C, subgrupo C1, vacante en este Excmo. Ayuntamiento, aprobado mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia, asentado en el Libro de Decretos por la Secretaría-Accidental, con nº 1820/2020, de fecha 15 de junio de 2020, cuyas bases fueron publicadas en el «Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife», nº 77, de 26 de junio de 2020, y cuyas correcciones fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, nº 100, de 19 de agosto de 2020, y nº 114, de 21 de septiembre de 2020.
Vista que, consta aprobado mediante Decreto de la Alcaldía, con nº 3484/2020, de 11 de diciembre de 2020, la lista definitiva de admitidos y excluidos, así como la designación de los miembros de la Comisión de Valoración, publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife, con nº 151, miércoles 16 de diciembre de 2020 y en el BOC, nº 267, lunes 28 de diciembre de 2020, la cual fue corregida mediante Decreto de la Alcaldía, con nº 3563/2020, de 17 de diciembre de 2020 y publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife, con nº 154, miércoles 23 de diciembre de 2020 y en el BOC, nº 1, lunes 4 de enero de 2021.
Visto el acta de constitución de la Comisión de Valoración de fecha 13 de enero de 2021, en la cual se propone la fecha de comienzo de las pruebas selectivas.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- El apartado 1.2 de la base séptima de las que rigen el presente proceso dispone "Las pruebas psicotécnicas serán realizadas por un mínimo de tres profesionales de la psicología con probada experiencia en selección de recursos humanos y, al menos uno de ellos, en selección de Policías."
II.- Mediante escrito de fecha 14 de enero del corriente, el Colegio de Psicólogos de Santa Cruz de Tenerife, comunica el nombramiento de los/as profesionales que cumplen con el perfil solicitado, profesionales con experiencia en Tribunales para la selección de candidatos a Policía Local.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- El apartado 6.2 de la base sexta de las que rigen el referido procedimiento selectivo referente el Tribunal de Selección, dispone: "La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos/as que en calidad de asesores/as especialistas actuarán con voz pero sin voto." "Los/as asesores especialistas y personal colaborador o auxiliar que estime necesario se limitarán al ejercicio de las funciones propias de su especialidad o que les sean encomendadas."
Por todo ello, de conformidad con la propuesta emitida por el Servicio de Personal y Régimen Interno, y conforme a las competencias que tiene atribuidas esta Alcaldía, mediante la presente Resolución
D I S P O N G O:
Primero.- Designar a los siguientes Asesores Especialistas de la Comisión de Valoración del proceso selectivo para proveer un puesto de Policía Local, mediante el concurso de traslados, para la primera fase (Reconocimiento Psicotécnico), en calidad de psicólogos y a propuesta del Colegio Oficial de Psicólogos de Santa Cruz de Tenerife.
1.- D. Antonio Manuel Rodríguez Cerezo, con DNI 42****20 C.
2.- D. Ismael E. Pérez García, con DNI 42****02 X.
3.- Dña. Nayra Rodríguez Díaz, con DNI 42****87 T.
Los asesores/as especialistas, deberán abstenerse de intervenir en el momento de la constitución, en el momento de la notificación de su designación, y en ambos casos, y los participantes podrán recusarlos en cualquier momento del proceso de provisión, cuando concurrieren cualquiera de las circunstancias previas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, se designará a los nuevos miembros que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por algunas de las causas mencionadas. La nueva designación se publicará en el tablón de anuncios del Registro de la Corporación, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Canarias.
Segundo.- Se convoca a los candidatos, en llamamiento único, para la realización de la primera fase de las pruebas, Reconocimiento médico y Psicotécnico, el día 21 de enero de 2021, a las 9:00 horas, en la Sala de la Recova, sito en la calle Díaz Pimienta, de Santa Cruz de La Palma, conforme al orden y requisitos establecido en la Orden de 24 de marzo de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias.
El orden de llamamiento para la realización de las pruebas, comenzarán con los candidatos cuyo primer apellido comience por la letra establecida por la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública (letra «B»). En el supuesto de que no exista ninguno, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "C", y así sucesivamente.
La Resolución de 21 de julio de 2020 (publicada en BOE nº 201, de 24.7.2020), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, dispone que en todas las pruebas selectivas que se celebren desde el día siguiente a la publicación de dicha Resolución, hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año 2021, se iniciará por aquellos cuyo apellido comience por la letra "B".
Tercero.- El presente Decreto será publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el Boletín Oficial de Canarias, en la página web del Ayuntamiento y tablón de anuncios de la Corporación.
Cuarto.- El presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido, potestativamente, en reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. La interposición de dicho recurso, impide recurrir la misma en vía contencioso administrativa, hasta que recaiga la resolución de aquel, o su desestimación por silencio, la cual se entenderá producida si no se notifica su resolución en plazo de un mes desde su interposición. En tales supuestos, queda expedita la vía contencioso administrativa pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en plazo de dos meses desde el siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa, o se produzca la desestimación por silencio del de reposición.
El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Lo que se hace público para general conocimiento."
Santa Cruz de La Palma, a 14 de enero de 2021.- El Alcalde, Juan José Cabrera Guelmes.
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