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BOC Nº 9. Jueves 14 de enero de 2021 - 225

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V. ANUNCIOS - Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás (Gran Canaria)

225 ANUNCIO de 30 de diciembre de 2020, relativo a la aprobación de la modificación de las bases reguladoras para la provisión, mediante el sistema de promoción interna, de una plaza de Oficial de la Policía Local.

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BOC-A-2021-009-225. Firma electrónica - Descargar

Vistas las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de promoción interna de una plaza de Oficial de Policía Local del Ilustre Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 103, de fecha de 26 de agosto de 2020, y en el Boletín Oficial de Canarias nº 178, de fecha 1 de septiembre de 2020, por medio del presente

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar la modificación de las bases reguladoras y convocar las pruebas selectivas para la cobertura mediante la provisión, por el sistema de promoción interna, de la plaza vacante arriba mencionada, procediéndose a modificar lo siguiente:

Primero.- En la base octava, apartado 8.1. Llamamientos, Orden de actuación de los aspirantes se modifica lo siguiente:

"El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por la persona opositora cuyo primer apellido comience por la letra "B", según la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE nº 201, de 24.7.2020)".

Segundo.- En la base octava se añade el apartado 8.3. Declaración Responsable COVID-19:

"8.3. DECLARACIÓN RESPONSABLE COVID-19.

Asimismo, y a consecuencia de la pandemia COVID-19 y por motivos de salud pública deberán entregar al comienzo de cada ejercicio al Tribunal la declaración responsable COVID-19 que figura como Anexo IV en las presentes bases."

Tercero.- En la base novena, apartado 9.2.3. Conocimiento, se añade lo siguiente:

"Se ajustará a lo recogido en el Anexo III de la Orden de 24 de marzo de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias".

Cuarto.- En la base novena, apartado 9.2.3. Conocimiento, se añade el apartado 9.2.3.2. Prueba de desarrollo:

"9.2.3.2. Prueba de desarrollo.

Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema de la parte general y dos temas de la parte específica, elegidos mediante sorteo público. El tiempo para el desarrollo de los temas será de tres (3) horas.

Se valorará, además del conocimiento de la materia concreta, la claridad y el orden en la exposición de ideas; la presentación, caligrafía y ortografía. La calificación será de cero a diez (0 a 10) puntos, debiendo alcanzar al menos un cinco. La calificación final resultará de la obtención de la media de la puntuación obtenida en los tres temas elegidos y aprobados.

Para obtener la puntuación final del ejercicio tipo test y el de desarrollo se calculará la media entre ambos ejercicios debiendo obtener una puntuación superior a cinco en cada una de ellas para superarla."

Quinto.- En la base novena, apartado 9.2.3. Conocimiento, se modifica el indexado del apartado 9.2.3.2. Supuestos Prácticos, por el indexado siguiente:

"9.2.3.3. Supuestos Prácticos".

Sexto.- En la base novena, apartado 9.2.3. Conocimiento, se modifica el apartado 9.2.3.4. Puntuación final de la prueba de conocimiento:

"9.2.3.4. Puntuación final de la prueba de conocimiento:

La calificación final se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en las pruebas de conocimientos y el supuesto práctico y, una vez superadas todas, se le sumará la puntuación obtenida en la prueba de idiomas."

Séptimo.- En la base novena, apartado 9.2.5. Reconocimiento Médico, se modifica de la siguiente manera:

"9.2.5. RECONOCIMIENTO MÉDICO.

Se aplicará el cuadro médico del Anexo VI de la Orden de 24 de marzo de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones de acceso, promoción y movilidad de los/las miembros del Cuerpo de la Policía Local de Canarias y, no serán excluyentes las exclusiones descritas en dicho anexo, excepto para el caso descrito en el punto 11 (alcoholismo y/o drogodependencia) del citado anexo en cuyo caso quedará excluido en tanto no se someta al tratamiento médico prescrito por el Servicio Canario de Salud o el Servicio de Prevención de Riesgos de esta Administración y el mismo considere que ha superado dicha adicción. No es exigible."

Octavo.- Se añade el Anexo IV: Declaración responsable COVID-19:

"A N E X O I V

Declaración responsable COVID-19

El abajo firmante, participante en las pruebas selectivas de la convocatoria pública para la selección mediante de una plaza de Oficial del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás, por el sistema de promoción interna.

Declara:

1.- No presentar sintomatología compatible con la enfermedad COVID-19 ni haber estado en contacto directo con persona confirmada o probable de COVID-19 en los últimos 14 días.

2.- Que, durante su permanencia en las instalaciones del Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás y el resto de recintos donde se realicen las pruebas, cumplirá con las instrucciones de seguridad relativas al COVID-19, que se relacionan a continuación, siendo esta una relación de medidas preventivas no exhaustiva, que se completará con las indicaciones que aporte en cada momento el Tribunal, que el abajo firmante cumplirá.

3.- Al entrar en el centro se utilizará el gel hidroalcohólico existente en la entrada y se entregará al Tribunal el presente documento.

4.- En todo momento utilizará mascarilla de seguridad que cubra nariz y boca salvo certificado médico original expedido por médico colegiado presentado in situ que expresamente lo exima y salvo en las pruebas físicas.

5.- Mantendrá una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros con el resto de los compañeros, en la medida de lo posible. En todo caso, siempre llevará la mascarilla de seguridad que cubra nariz y boca en la instalación salvo certificado médico expedido por médico colegiado presentado in situ que expresamente lo exima y salvo en las pruebas físicas.

6.- Se seguirá estrictamente las indicaciones del personal del centro.

7.- Usará el cuarto de aseo siguiendo las pautas de uso marcadas en cada centro.

8.- Tendrá en cuenta que el virus se propaga al toser y estornudar (a través de gotitas en el aire), así como a través del contacto directo. Usará el antebrazo al toser o estornudar.

9.- No se podrá permanecer en pasillos y zonas comunes, ni esperar a los compañeros en el interior del centro.

10.- Los aspirantes deberán acceder al centro sin acompañantes y con 2 bolígrafos azules para realizar el examen que no compartirán y que se llevarán consigo una vez entregado el ejercicio, así como se llevarán consigo también al finalizar el ejercicio los folios que no hayan utilizado en la elaboración del ejercicio y se llevarán igualmente consigo al finalizar el ejercicio los folios de los casos prácticos que les haya entregado el Tribunal al comienzo del mismo.

Estoy informado de que el incumplimiento de cualesquiera de estas normas en el Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás durante el día de la celebración de cada uno de los ejercicios significará mi exclusión automática como opositor/a por parte del Tribunal de las pruebas selectivas por razones de salud pública.

Nombre y apellidos: NIF/NIE, Fecha (del día del cada ejercicio):

Firma:"

Segundo.- Publicar la modificación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y Boletín Oficial de Canarias, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web de este Ayuntamiento.

La Aldea de San Nicolás, a 30 de diciembre de 2020.- El Alcalde, Tomás Pérez Jiménez.

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