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BOC Nº 9. Jueves 14 de enero de 2021 - 213

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

213 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 30 de diciembre de 2020, del Secretario General, por la que se dispone la publicación de la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de La Laguna para la investigación en Psicomotricidad y Atención Temprana en menores que presentan necesidades especiales y/o se encuentran en situación de riesgo.

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BOC-A-2021-009-213. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

De conformidad con la normativa citada y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de La Laguna para la investigación en Psicomotricidad y Atención Temprana en menores que presentan necesidades especiales y/o se encuentran en situación de riesgo, que figura como anexo de la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2020.- El Secretario General, Abraham Luis Cárdenes González.

A N E X O

ADENDA DE PRÓRROGA PARA 2021 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PARA LA INVESTIGACIÓN EN PSICOMOTRICIDAD Y ATENCIÓN TEMPRANA EN MENORES QUE PRESENTAN NECESIDADES ESPECIALES Y/O SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE RIESGO.

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de diciembre de 2020.

De una parte, el Servicio Canario de la Salud, y en su nombre y representación D. Conrado Jesús Domínguez Trujillo, Director del Servicio Canario de la Salud, nombrado para el cargo por Decreto 93/2020, de 4 de septiembre (BOC nº 182, de 5.9.2020), en el ejercicio de las competencias delegadas por la Consejería de Sanidad mediante Orden de 29 de julio de 1997 (BOC nº 113, de 29.8.97).

De otra parte, la Universidad de La Laguna, y en su nombre y representación, D. Ernesto Pereda de Pablo, Vicerrector de Investigación, Transferencias y Campus Santa Cruz y Sur, en el ejercicio de las competencias delegadas mediante Resolución de 27 de junio de 2019, por la que se aprueba la delegación de competencias de la Rectora y el régimen de suplencias de esta Universidad (BOC nº 131, de 10.7.19), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades (BOE de 24 de diciembre) y por los artículos 167.1 y 168.m) de los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC de 26.7.04).

Interviniendo ambos en función de sus respectivos cargos, en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas y con plena capacidad legal para suscribir la presente Adenda de prórroga,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 22 de septiembre de 2017 se suscribió el Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de la Laguna para la investigación en Psicomotricidad y Atención Temprana en menores que presentan necesidades especiales y/o se encuentran en situación de riesgo.

Segundo.- La eficacia de dicho Convenio se extendía desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, pudiendo ser prorrogada su vigencia, si las partes firmantes del Convenio así lo acuerdan expresamente mediante la suscripción de una Adenda, por un plazo máximo de cuatro años, siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de cada año (cláusula decimotercera).

Su eficacia fue, efectivamente, prorrogada para los años 2018, 2019 y 2020.

Tercero.- A la vista de los resultados obtenidos, tal y como queda de manifiesto en la memoria justificativa aportada al expediente, se considera conveniente prorrogar el Convenio hasta el 31 de diciembre de 2021, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos para dicho ejercicio.

Y en base a cuanto antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por la siguiente

CLÁUSULA

Primera.- Se prorroga en su totalidad, hasta el 31 de diciembre de 2021, el Convenio de Colaboración suscrito el 22 de septiembre de 2017 entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad de La Laguna para la investigación en Psicomotricidad y Atención Temprana en menores que presentan necesidades especiales y/o se encuentran en situación de riesgo.

Segunda.- La aplicación presupuestaria a imputar la aportación económica por parte del Servicio Canario de la Salud es la 3922 311A 2270900.

Tercera.- El resto de las condiciones y cláusulas del Convenio original permanece inalterado y seguirá siendo de plena aplicación.- El Director del SCS (p.d. Orden de 29.7.97; BOC nº 113, de 29.8.97).- El Vicerrector de Investigación, Transferencias y Campus Santa Cruz y Sur de la ULL (Resolución de la Rectora de la ULL, de 27.6.19; BOC nº 131, de 10.7.19).

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