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BOC Nº 6. Lunes 11 de enero de 2021 - 133

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda

133 Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 30 de diciembre de 2020, del Presidente, por la que se corrigen errores materiales en la Resolución de 22 de diciembre de 2020, que resuelve definitivamente la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad en edificios y viviendas para el ejercicio 2019.

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BOC-A-2021-006-133. Firma electrónica - Descargar

1º) Mediante Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda (BOC nº 269, de 30.12.2020), se resuelve definitivamente la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad en edificios y viviendas para el ejercicio 2019.

2º) Una vez publicada la resolución, por los servicios tramitadores se informa cuanto sigue:

"Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 269, de fecha 30 de diciembre de 2020, la Resolución del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria de las subvenciones destinadas al fomento de la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad en edificios y viviendas para el ejercicio 2019, se detectan dos errores materiales en el Anexo I en los importes a pagar en los expedientes 38-CREC19-0013-038 y 38-CREC19-0014-038, por los siguientes motivos:

* En el expediente 38-CREC19-0013-038 se incorporaron 10 viviendas en vez de las 6 viviendas existente, razón por la cual en la citada resolución aparece con un importe de 12.990,80 euros cuando le corresponde un importe de 6.068,08 euros.

* En el expediente 38-CREC19-0014-038 no se incorporan los importes de los honorarios profesionales de los técnicos intervinientes, razón por la cual en la citada resolución aparece con un importe de 9.525,35 euros cuando le corresponde un importe de 10.313,54 euros.

Dichas modificaciones generan un cambio en el importe global de la subvención, indicado en el resuelvo primero, pasando de 1.098.512,94 euros a 1.092.378,36 euros ...".

3º) Con fecha 30 de diciembre de 2020, la Directora del Instituto Canario de la Vivienda emite propuesta de resolución para que se corrija el error material detectado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Presidente del Instituto Canario de la Vivienda es competente para dictar la presente Resolución de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.2.i) del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Como así queda recogida en la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo en relación con la aplicación de la corrección de errores -entre otras, las siguientes sentencias: de 3 de octubre de 2014, de 23 de junio de 2015, de 24 de junio de 2015, de 24 de julio de 2018- estos deben reunir las siguientes características:

1º) Debe tratarse de errores que no requieran, para apreciarlo, acudir a una operación de valoración jurídica o de interpretación de preceptos del ordenamiento jurídico.

2º) Debe bastar para su apreciación los datos del expediente administrativo en el que se advierte.

3º) La apreciación del error material o aritmético no puede llevar a la anulación del acto, dictándose otro sobre bases diferentes y sin las debidas garantías para el afectado.

En este caso, concurren las circunstancias referidas.

En virtud de lo anterior,

R E S U E L V O:

Primero.- Subsanar errores materiales en la Resolución de fecha 22 de diciembre de 2020, del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 269, de 30 de diciembre de 2020, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad en edificios y viviendas para el ejercicio 2019, respecto de importes de subvención concedidos y recogidos en el Anexo I, así como su importe global, corrigiéndolos por las cuantías relacionadas a continuación:

Expediente 38-CREC19-0013-038 en lugar de 12.990,80 euros debe ser que le corresponde un importe de 6.068,08 euros.

Expediente 38-CREC19-0014-038 en lugar de 9.525,35 euros debe ser que corresponde un importe de 10.313,54 euros.

Dichas modificaciones generan un cambio en el importe global de la subvención, indicado en el resuelvo primero, pasando de 1.098.512,94 euros a 1.092.378,36 euros.

Segundo.- Conceder a los beneficiarios afectados por la presente Resolución un nuevo plazo de diez días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en el Boletín Oficial de Canarias para presentar la aceptación expresa.

Tercero.- Disponer que se publique la presente Resolución tanto en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda como en el Boletín Oficial de Canarias.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede ser recurrida mediante recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien directamente se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación. En caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso o su desestimación presunta.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2020.- El Presidente, Sebastián Franquis Vera.

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