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BOC Nº 4. Viernes 8 de enero de 2021 - 91

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

91 ORDEN de 28 de diciembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 17 de marzo de 2020, que actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el ejercicio 2020.

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Vista las propuestas de los titulares de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad y de Diversidad sobre la modificación de la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2020, se desprenden los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la titular de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda nº LOR2019CA00084, de 22 de febrero de 2019, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de dicho Departamento para los ejercicios 2019/2021 (BOC nº 50, de 13.3.19) teniendo posteriores modificaciones recogidas en las siguientes Órdenes que se relacionan a continuación: nº LOR2019CA00296, de 17 de mayo de 2019 (BOC nº 105, de 4.6.19); nº LOR2019CA00379, de 11 de junio de 2019 (BOC nº 122, de 27.6.19); nº LOR2019CA00413, de 24 de junio de 2019 (BOC nº 137, de 18.7.19); nº LOR2019CA00580, de 22 de agosto de 2019 (BOC nº 175, de 11.9.19) y nº LOR2019CA00751, de 27 de noviembre de 2019 (BOC nº 240, de 12.12.19).

Segundo.- En el presente año y por Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020, se procede a actualizar dicho Plan Estratégico de Subvenciones para este ejercicio presupuestario 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020) significando que, con posterioridad a ello, se ha procedido por Orden nº 222, de 23 de abril de 2020, a su modificación (BOC nº 86, de 4.5.2020) y por Orden nº 228, de 24 de abril de 2020, a completar dicha actualización (BOC nº 90, de 8.5.2020).

Así mismo se ha procedido, posteriormente, a su modificación por las siguientes Órdenes departamentales: nº 416, de 30 de junio de 2020 (BOC nº 143, de 16.6.2020); nº 516, de 7 de agosto de 2020 (BOC nº 172, de 26.8.2020); nº 568, de 11 de septiembre de 2020 (BOC nº 198, de 28.9.2020); nº 654, de 20 de octubre de 2020 (BOC nº 230, de 10.11.2020) y nº 788, de 27 de noviembre de 2020 (BOC nº 257, de 15.12.2020).

Tercero.- Con fecha del pasado día 15 de diciembre de 2020 y siguiente 18 de diciembre por parte del titular de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad y de Diversidad, respectivamente, se han elaborado las correspondientes propuestas relativas a una nueva modificación de la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente ejercicio 2020, en lo que respecta al Servicio 08 Dirección General de Dependencia y Discapacidad, programa presupuestario 231N denominado Atención a Personas con Discapacidad y al Servicio 19 Dirección General de Diversidad, programa presupuestario 232C denominado Planificación y Promoción de la Diversidad.

Cuarto.- Consta en el expediente informe de la Oficina Presupuestaria, así como también de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, sobre la modificación de la citada actualización del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año.

A los que son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 7, apartado 3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias establece que, los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones.

Segundo.- Conforme a lo previsto en los apartados 1 y 2 del artículo 6 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, la competencia para la aprobación, así como para la modificación del Plan Estratégico a que se refiere la presente Orden, corresponde a la titular del Departamento.

Tercero.- La propuesta del titular de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad sobre la nueva modificación de la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones, para el presente ejercicio, aprobado por Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020), se refiere a la necesidad de impulsar, de manera concreta, en el ámbito de dicho centro directivo, a través, del procedimiento de concesión de subvenciones, de forma directa, proyectos de inversión que vayan destinados a asegurar la accesibilidad y la protección de los colectivos más vulnerables de la servicios considerados de orden social y que se refieren a servicios de interés general básicos y que resultan imprescindibles, en la situación en la que nos encontramos derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En esta línea ha sido autorizada una transferencia de crédito por importe de 500.000,00 euros para dotar la partida presupuestaria 23.08 231N 780.00, Proyecto de inversión 197G0077 "Fomento Accesibilidad Personas con Discapacidad".

Por lo que respecta a la propuesta formulada por el titular de la Dirección General de Diversidad, se basa en que la situación de emergencia sanitaria, el confinamiento y aislamiento social que ha ocasionado, ha tenido notables consecuencias negativas en los sectores más desfavorecidos de la sociedad y, específicamente, dentro de la comunidad LGBTI de las islas.

Se indica que, en el mes de octubre, se celebra el día en favor de la despatologización trans que, en la práctica, se ha convertido en un mes de reivindicación de los derechos de este colectivo y que por lo tanto se ha considerado oportuno impulsar acciones destinadas a garantizar la mayor integración social de las personas trans y, con este motivo, se materializa la creación de la linea presupuestaria 234G0903 denominada "Actividades Divulgativas y Formativas y Apoyo a la Diversidad LGTBI", por importe global de 18.000,00 euros, para la concesión de subvenciones, de forma directa, destinadas a fomentar dichas actividades divulgativas y formativas.

Cuarto.- En consideración a lo expuesto en el apartado anterior, es preciso proceder, a la modificación de la citada Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020, por la que se actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el ejercicio 2020 que afecta al Anexo II de la misma, dedicado a la concesión de subvenciones, de forma directa, en lo que respecta al Servicio 08 Dirección General de Dependencia y Discapacidad, Programa presupuestario 231N Atención a Personas con Discapacidad y al Servicio 19 Dirección General de Diversidad, programa presupuestario 232C denominado Planificación y Promoción de la Diversidad.

Quinto.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 136, de 17.7.19), así como el Decreto 43/2020, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (BOC nº 81, de 24.4.2020) y, finalmente, el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Juventud (BOC nº 137, de 18.7.19) la titular de este Departamento es competente para la modificación de la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones, relativo al ejercicio 2020.

Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la Orden departamental nº 129, de 17 de marzo, por la que se actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, para el ejercicio económico 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020), significando que, con posterioridad a ello, se ha procedido a modificaciones recogidas por las Órdenes nº 222, de 23 de abril de 2020 (BOC nº 86, de 4.5.2020); nº 228, de 24 de abril de 2020 (BOC nº 90, de 8.5.2020); nº 416, de 30 de junio de 2020 (BOC nº 143, de 16.6.2020); nº 516, de 7 de agosto de 2020 (BOC nº 172, de 26.8.2020) y nº 568, de 11 de septiembre de 2020 (BOC nº 198, de 28.9.2020); nº 654, de 20 de octubre de 2020 (BOC nº 230, de 10.11.2020) y nº 788, de 27 de noviembre de 2020 (BOC nº 257, de 15.12.2020).

Segundo.- Concretar que dicha modificación afecta al Anexo II, en lo relativo a los siguientes Servicios y en los términos que se indican a continuación:

- Servicio 08 Dirección General de Dependencia y Discapacidad, Programa presupuestario 231N Atención a Personas con Discapacidad, en el sentido de incorporar el Proyecto de inversión 197G0077 denominado "Fomento Accesibilidad Personas con Discapacidad", por importe global de 500.000 euros, con el fin de atender a la concesión de subvenciones, de forma directa, para proyectos de inversión que vayan destinados a asegurar la accesibilidad y la protección de los colectivos más vulnerables de la servicios considerados de orden social y que se refieren a servicios de interés general básicos y que resultan imprescindibles, en la situación en la que nos encontramos derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

- Servicio 19 Dirección General de Diversidad, programa presupuestario 232C Planificación y Promoción de la Diversidad, incorporando la línea de Actuación 234G0903 denominada "Actividades Divulgativas y Formativas y Apoyo a la Diversidad LGTBI", por la cantidad de 18.000,00 euros, para la concesión de subvenciones, de forma directa, destinadas a fomentar dichas actividades divulgativas y formativas.

Tercero.- Determinar que se incorpore a la presente Orden departamental, el Anexo II, en el que se refleja la modificación acordada, dejando inalterable el resto de Líneas de Actuación que se recogen en el mismo.

Cuarto.- Instar a la publicación, en el Boletín Oficial de Canarias, de la modificación de la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el ejercicio 2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2020.

LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,

IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD,

Noemí Santana Perera.

Ver anexo en las páginas 396-408 del documento Descargar

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