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BOC Nº 269. Miércoles 30 de diciembre de 2020 - 5252

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

5252 ORDEN de 21 de diciembre de 2020, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2018-2020.

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Examinado el expediente de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2018-2020, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Vista la propuesta formulada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo y teniendo en cuenta lo siguientes

I. ANTECEDENTES

1. Por Orden de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, de 6 de marzo de 2018, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para los ejercicios 2018-2020 (BOC nº 53, de 15.3.18), modificado posteriormente por Órdenes de 29 de junio de 2018 (BOC nº 133, de 11.7.18), 30 de octubre de 2018 (BOC nº 219, de 13.11.18), 12 de diciembre de 2018 (BOC nº 252, de 31.12.18), 21 de febrero de 2019 (BOC nº 50, de 13.3.19) y 6 de junio de 2019 (BOC nº 120, de 25.6.19), de la misma Consejería, así como Órdenes de 21 de noviembre de 2019 (BOC nº 238, de 10.12.19), 21 de febrero de 2020 (BOC nº 45, de 5.3.2020), 14 de abril de 2020 (BOC nº 84 de 29.4.2020), 30 de septiembre de 2020 (BOC nº 212, de 16 de octubre) y 11 de noviembre de 2020 (BOC nº 240, de 24.11.2020) de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.

2. Posteriormente a las citadas Órdenes, se han producido los siguientes hechos:

a) Se ha creado una nueva línea de actuación denominada 504G1042 "Apoyo a autoempleo y emprendimiento" con la finalidad de establecer subvenciones al colectivo de personas autónomas así como fomentar el emprendimiento, con un coste estimado de 3.540.400 euros. La financiación de esta nueva línea procede de los fondos de la Comunidad Autónoma de Canarias, concretamente de la línea 504G0638 "Tarifa Plana de Autónomos", la cual cede dicha parte de su crédito, quedando su coste estimado en 2.459.600 euros.

b) Debido a diversas modificaciones presupuestarias, procede actualizar los créditos de las siguientes líneas con financiación estatal de la Conferencia Sectorial:

- 50400042 "Programas Integrados de Empleo", la cual ha aumentado en 21.994,73 euros, siendo su crédito definitivo ajustado 19.834.977,90 euros.

- 50400001 "Formación dirigida prioritariamente a desempleados", cuyo crédito ha aumentado en 1.235.455,83 euros, por lo que su crédito definitivo es 81.551.480,89 euros.

c) Se incorpora la actuación "Apoyo mediante utilización de la lengua de signos española a personas sordas que participen en acciones de formación y otros servicios del SCE" dentro de la línea 50400042 "Programas Integrados de Empleo", con la financiación estatal de la Conferencia Sectorial.

d) En el contexto de la crisis sanitaria generada por el COVID-19 se ha creado un Fondo COVID-19 mediante el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, el cual se ha distribuido a través de la Orden 809/2020, de 1 de septiembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra c), apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.

El importe destinado a la Comunidad Autónoma de Canarias ha sido de 87.368,30 miles de euros, de los cuales, 5.000.000 euros se han transferido al SCE al objeto de incrementar el importe de la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2020. Para tal fin, se ha creado una nueva línea de actuación, 504G1058 "Desempleo Juvenil", dentro de los créditos con financiación estatal, con la que se pretende mejorar de la empleabilidad de las personas desempleadas a través de los Proyectos de Formación y/o en Alternancia con el Empleo.

3. Se actualiza con las mencionadas medidas el anexo a esta propuesta denominado "Descripción de las Actuaciones, Objetivos, Coste Estimado e Indicadores".

4. En la Secretaría General Técnica de este Departamento se ha recibido, con fecha 10 de diciembre de 2020, propuesta de la Dirección del Servicio Canario de Empleo en la que se solicita corregir el actual Plan Estratégico 2018-2020, en su anualidad 2020, en los términos y líneas de actuación anteriormente citados, siendo el desglose del mismo el que se incluye en el anexo mencionado.

5. Resulta preceptiva la emisión de informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuesto en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, informe que se ha emitido con fecha 18 de diciembre de 2020 en sentido favorable.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del mencionado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de su órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".

Cuarta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6.1 del mencionado Decreto, y con el objeto de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando el Servicio Canario de Empleo, procede la modificación de dicho Plan.

Quinta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.

Sexta.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en el artículo 31.1.a), en relación con el artículo 16.1, que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Séptima.- De acuerdo con el artículo 7.5 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación con el artículo 8 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, este Departamento asume las competencias en materia de empleo que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

Octava.- El artículo 5.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, dispone que le corresponde a la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo la competencia para aprobar el plan estratégico de subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas, en relación con el artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, que atribuye a los titulares de los Departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación.

Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2018-2020, en cuanto a la anualidad 2020, en los términos propuestos y cuyo detalle se incluye en el anexo denominado "Descripción de las Actuaciones, Objetivos, Coste Estimado e Indicadores".

Segundo.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2018-2020 aprobado por Orden de la entonces Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, de 6 de marzo de 2018, modificado posteriormente por Órdenes de 29 de junio de 2018, 30 de octubre de 2018, 12 de diciembre de 2018, 21 de febrero de 2019 y 6 de junio de 2019, de la misma Consejería; y por Órdenes de 21 de noviembre de 2019, 21 de febrero de 2020, 14 de abril de 2020, 30 de septiembre de 2020 y 11 de noviembre de 2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2020.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO,

Elena Máñez Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 41259-41263 del documento Descargar

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