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BOC-A-2020-267-5198.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la demandante entidad mercantil Aperitivos Snack, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mónica Padrón Franquis, contra la demandada entidad mercantil Autoservicio Mayorista El Carro, S.L., declarada, de las circunstancias de identificación que constan en autos:
1.- Condeno a la entidad demandada a que pague a la mercantil demandante la cantidad de trescientos noventa y seis euros con sesenta y dos céntimos -396,62 euros-, junto con los intereses legales que correspondan.
2.- Condeno a la demandado al pago de las costas de este pleito.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la dictó y firma, de lo que doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad Autoservicio Mayorista El Carro, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de septiembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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