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BOC Nº 259. Jueves 17 de diciembre de 2020 - 4962

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

4962 Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios.- Resolución de 26 de noviembre de 2020, por la que se convoca el Premio Especial de Periodismo "La pandemia de la COVID-19 en Canarias".

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Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

El Gobierno de Canarias en ejercicio de las competencias de fomento, promoción, publicidad y apoyo del sector de los medios de comunicación sociales, desea reconocer mediante la creación del Premio Especial de Periodismo "La pandemia de la COVID-19 en Canarias" la labor ejercida por los profesionales y colaboradores de los medios de comunicación durante el período declarado como estado de alarma previsto en el artículo 116 de la Constitución Española. Este fue declarado mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y prorrogado en sucesivas ocasiones hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020.

Los profesionales de los medios de comunicación han hecho posible que la ciudadanía estuviera informada permanentemente, generando uno de los mayores consumos de información en los medios en general que se recuerdan en el periodismo reciente, en unas condiciones de trabajo excepcionales, acudiendo al epicentro de las noticias en hospitales, centros de salud, centros de atención a personas sin hogar, y a los distintos pueblos de Canarias, manteniendo por primera vez la distancia social, la carga psicológica de la enfermedad y el miedo al contagio y a contagiar durante el período del estado de alarma, en una situación de incertidumbre generalizada.

La crisis provocada por el coronavirus COVID-19 ha hecho tambalear el mundo tal cual lo contemplábamos. Es una crisis que está cobrándose vidas, extendiendo el sufrimiento humano y trastocando la vida de las personas. Por primera vez, nos hemos confinado en casa, las calles se han vaciado, los negocios han cerrado y los hoteles se han quedado sin turistas. Un paisaje totalmente desconocido hasta ahora en las Islas. A la gestión de esta alerta sanitaria contribuyó toda la sociedad canaria, actuando responsablemente, ayudando a miles de turistas a regresar a casa, confinándose en sus hogares, desplegando a profesionales sanitarios y de otros sectores en la primera línea de atención de la enfermedad en los hospitales, centros de atención primaria, recintos sociosanitarios, entre otros; permitiendo el abastecimiento de alimentos, la seguridad ciudadana, el transporte de mercancías y de personas autorizadas, y asegurando la disponibilidad de información para todos los ciudadanos.

Por todo ello procede convocar este Premio Especial de Periodismo "La Pandemia de la COVID-19 en Canarias", para expresar el reconocimiento de la Comunidad Autónoma de Canarias a los profesionales del sector de los medios de comunicación. Es un premio concebido para distinguir los trabajos periodísticos relativos a la pandemia e informar a la sociedad del nivel de calidad y excelencia de los profesionales de los medios de comunicación en Canarias así como para dejar constancia a generaciones futuras de este episodio socialmente tan traumático, único en nuestras vidas y en las Islas.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 1.2 del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado mediante Decreto 356/2019, de 19 de diciembre, establece que la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios es un órgano que depende del Presidente o Presidenta del Gobierno.

Segunda.- En virtud del artículo 8 del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado mediante Decreto 356/2019, de 19 de diciembre, le corresponde al Presidente la dirección y coordinación de las políticas relativas a los medios de comunicación social.

Tercera.- El artículo 20 del citado Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno establece que la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios tiene en materia de relaciones con los medios de comunicación social las competencias siguientes:

a) La coordinación y dirección de las actividades de comunicación del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Las relaciones con los medios de comunicación y el desarrollo y aplicación de medidas de fomento y apoyo.

Cuarta.- Mediante Decreto nº 159/2019, del Presidente del Gobierno, de fecha 30 de agosto, se delega en el Viceconsejero de Comunicación y Relaciones con los Medios, en su ámbito funcional y en el de sus órganos dependientes, las competencias que correspondan al Presidente del Gobierno en materia de subvenciones.

Quinta.- Conforme a la Disposición adicional trigésima de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, "se suspende, para el año 2020, el contenido económico de cualquier clase de premios a otorgar por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o sus organismos autónomos, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes, entidades públicas empresariales y fundaciones públicas. A efectos de lo previsto en esta disposición, no se considerarán premios:

b) La entrega de objetos cuando su valor, individualmente, no exceda de 600 euros. Asimismo, cuando el valor del conjunto de los objetos entregado en una sola convocatoria no exceda los 2.000 euros.

En uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar el Premio Especial de Periodismo del Gobierno de Canarias "La pandemia de la COVID-19 en Canarias" y aprobar las bases reguladoras del Anexo I.

Segundo.- Para la presente convocatoria el plazo de presentación de candidaturas será de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

No obstante el interesado podrá optar por interponer contra esta misma resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime precedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de noviembre de 2020.- El Viceconsejero de Comunicación y Relaciones con los Medios, Ricardo Pérez González.

A N E X O I

BASES REGULADORAS DEL PREMIO ESPECIAL DE PERIODISMO

"LA PANDEMIA DE LA COVID-19 EN CANARIAS"

Primera.- Creación.

Se crea la distinción honorífica Premio Especial de Periodismo "La Pandemia de la COVID-19 en Canarias" para reconocer la calidad de los trabajos periodísticos que hayan contribuido a informar y a reflejar la realidad de la situación excepcional de pandemia en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- Modalidades.

1. El Premio Especial de Periodismo "La pandemia de la COVID-19 en Canarias", que no tiene carácter económico, se concederá en las siguientes modalidades:

a) Prensa impresa.

b) Prensa digital.

c) Televisión.

d) Radio.

e) Fotografía.

2. Se establece un Premio para cada modalidad consistente en un diploma acreditativo y una escultura. Además, los trabajos premiados y aquellos seleccionados por el jurado entre todos los presentados, formarán parte de las siguientes acciones:

- Edición de un volumen, en sus versiones impresas y electrónicas.

- Exposición.

Tercera.- Requisitos de los trabajos.

1. Pueden concurrir a los premios:

a) Integrantes de las redacciones de medios de comunicación, cualquiera que sea su condición contractual (personal de plantilla, colaborador habitual o esporádico, corresponsales, personal en prácticas ...).

- que participen en las redacciones de medios de comunicación cuya difusión sea local, insular y/o regional, siempre circunscrita a la Comunidad Autónoma de Canarias o bien,

- que participen en redacciones de medios nacionales o internacionales que hayan publicado trabajos sobre el impacto de la COVID-19 en Canarias.

2. Los participantes podrán concurrir a los premios bajo una o varias de las modalidades previstas en la base segunda y podrán presentar uno o varios trabajos en cada una de ellas.

3. Solo se tendrán en cuenta los trabajos que reúnan todos los requisitos de las presentes bases y aquellos que se hayan publicado o difundido entre el 31 de enero de 2020 (registro del primer caso en La Gomera) y el lunes 8 de junio (cuando todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias alcanzó la fase 3 en la desescalada programada por el Ministerio de Sanidad y Bienestar Social).

4. Los trabajos deberán, en su caso, enviarse en castellano, independientemente de si el trabajo ha sido publicado en cualquier otro idioma o en un medio de comunicación de Canarias que use una lengua extranjera.

Cuarta.- Forma, lugar y plazo de presentación de trabajos.

La presentación de trabajos se realizará, de forma obligatoria, a través de la aplicación que soporta el procedimiento telemático habilitado al efecto en la sede electrónica de Presidencia de Gobierno del Gobierno de Canarias, mediante el formulario normalizado y sujeto a las comprobaciones que se realicen antes de permitir su presentación electrónica, que se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/presidencia/.

Las solicitudes presentadas directamente a través del registro electrónico de documentos no normalizados o mediante el Registro General Electrónico no serán válidas.

La lista de los formatos de los documentos electrónicos admitidos se encuentra publicada en la Sede Electrónica. La presentación de un documento en un formato distinto de los indicados en esta lista se tendrá por no válida. https://sede.gobiernodecanarias.org/presidencia/la_sede/requisitos_tecnicos/formatos.

Las solicitudes, con todos los documentos adjuntos, se firmarán electrónicamente, usando firma electrónica reconocida mediante el uso del DNIe o firma electrónica avanzada mediante el uso de los certificados electrónicos aceptados y cuya relación se encuentra en la Sede Electrónica de la Presidencia del Gobierno de Canarias. El DNIe o los certificados electrónicos deberán corresponder al solicitante o a sus representantes legales.

Una vez registrada la solicitud el solicitante obtendrá de la Sede Electrónica el recibo de la presentación de la solicitud que incluirá la fecha y hora de presentación.

La presentación de la solicitud lleva implícita la aceptación de las bases de esta convocatoria.

El plazo de presentación de candidaturas será de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinta.- Criterios de valoración.

El jurado constituido al efecto tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes criterios a la hora de evaluar los trabajos presentados:

a) Calidad periodística.

b) Contribución a reflejar la realidad de la COVID-19.

c) Originalidad de los contenidos.

d) Relevancia en el contexto de la profesión periodística.

e) Independencia.

En el caso de fotografías se valorarán:

a) Valor informativo y expresividad de la fotografía.

b) Calidad artística.

Sexta.- Jurado y resolución.

1. Los Premios serán elegidos por un único Jurado compuesto por un mínimo de cinco miembros, creado al efecto entre el personal relacionado con los departamentos de Comunicación de Presidencia del Gobierno y al menos, un/una representante del departamento de Comunicación de la Consejería de Sanidad, todos ellos designados por la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios del Gobierno de Canarias.

2. El Presidente del Jurado será elegido de entre sus miembros por los componentes del mismo.

3. El Viceconsejero de Comunicación y Relaciones con los Medios designará de entre el personal adscrito al Centro directivo, la persona que haya de actuar, con voz y sin voto, como Secretario/a del Jurado.

4. Para la válida constitución del Jurado se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario, y de la mitad al menos de sus miembros.

5. El Jurado podrá declarar alguno o todos los Premios desiertos.

6. Los Premios serán concedidos mediante Resolución del Viceconsejero de Comunicación y Relaciones con los Medios, de conformidad con la propuesta que al efecto formule el Jurado.

Séptima.- Órganos competentes y procedimiento de concesión.

1. Corresponderá a la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios la instrucción del procedimiento.

2. El procedimiento de concesión será el siguiente:

Por la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios se convocará a los miembros del jurado cuyo Presidente será elegido de entre ellos, en la sesión constitutiva.

El Jurado constituido al efecto, procederá al estudio de los trabajos presentados y a la votación correspondiente. La votación se decidirá por el sistema de mayoría simple, dirimiendo los empates el Presidente con su voto de calidad. El fallo del Jurado será inapelable y razonará los motivos y méritos que concurran para la concesión del Premio Especial "La pandemia de la COVID-19 en Canarias".

Octava.- Aceptación de las condiciones de la convocatoria.

La participación en la convocatoria del Premio "La pandemia de la COVID-19 en Canarias" significa la aceptación de las condiciones de la misma y la inobservancia de algunos de los extremos de las mismas conllevarán la exclusión de la propuesta.

Novena.- Propiedad intelectual de los trabajos premiados y divulgación de los mismos.

1. Los derechos de autor de los trabajos premiados se cederán al Gobierno de Canarias para los siguientes posibles usos:

- Edición de un volumen impreso o documento electrónico.

- Exposiciones.

- Otras necesidades de comunicación sobre este certamen y su temática central.

2. Los trabajos premiados estarán temporalmente disponibles en el portal Noticias del Gobierno de Canarias.

3. Aparte de los trabajos premiados, el Gobierno de Canarias se reserva el derecho de seleccionar otras creaciones, en caso de una edición especial impresa o digital y de exposición, lo que se comunicaría previamente a sus correspondientes autores.

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