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BOC-A-2020-257-4914.
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Mediante Resolución de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, de 29 de julio de 2020, se convocó el proceso y se aprueba el calendario para la renovación parcial o la nueva constitución de los Consejos Escolares de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a celebrar en el curso escolar 2020/2021, sin embargo, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria generada por la evolución de la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19 y la necesidad de garantizar la seguridad de las personas y la adopción de medidas de prevención y contención necesarias para el mantenimiento de la salud pública, se suspendió dicha convocatoria mediante Resolución de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, de 1 de octubre de 2020.
En el momento actual, el control de la evolución de la situación epidemiológica en los centros docentes permite que se reanude la convocatoria de renovación o constitución de los Consejos Escolares, si bien tal reanudación se debe realizar atendiendo a los protocolos de prevención y organización en los centros educativos no universitarios de Canarias.
Por ello, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 10 del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades y en el Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Reanudar la convocatoria aprobada mediante Resolución de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, de 29 de julio de 2020, por la que se convoca el proceso y se aprueba el calendario para la renovación parcial o la nueva constitución de los Consejos Escolares de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a celebrar en el curso escolar 2020/2021.
Segundo.- Modificar el calendario del proceso electoral previsto en el Anexo I de la citada Resolución de 29 de julio de 2020.
Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso de alzada ante la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deportes, sin perjuicio de cualesquiera otro que se estime procedente interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 2020.- La Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, María Candelaria González Morales.
Ver anexo en las páginas 37515-37518 del documento Descargar
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