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BOC Nº 253. Jueves 10 de diciembre de 2020 - 4805

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

4805 EDICTO de 19 de mayo de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000027/2017.

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BOC-A-2020-253-4805. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 3 de marzo de 2020.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Isabel Pardo-Vivero Alsina, Jueza sustituta de Arona los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000027/2017 seguido entre partes, de una como demandante la entidad Santiago Sur, S.L.U., dirigida por el Letrado D./Dña. Sandra Patricia Hernández Agudelo y representada por la Procuradora Dña. María José Arroyo Arroyo y de otra, como demandados D./Dña. Francisco José Antunes, Julia Elena Santiago y José Manuel García Naya, en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María José Arroyo Arroyo, en nombre y representación de Santiago Sur, S.L.U. frente a D./Dña. Francisco José Antunes, Julia Elena Santiago y José Manuel García Naya, en rebeldía procesal, condeno a dichos demandados a que satisfagan solidariamente a la actora la suma de 50.289,27 euros, más los intereses legales, gastos y costas del procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de 20 días a partir del siguiente al de su notificación.

Notifíquese esta sentencia al demandado personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Francisco José Antunes, Julia Elena Santiago y José Manuel García Naya, expido y libro el presente en Arona, a 19 de mayo de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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