Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 251. Miércoles 9 de diciembre de 2020 - 4769

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Sección Primera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife

4769 EDICTO de 27 de octubre de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en el rollo del recurso de apelación nº 0000661/2019, dimanante de los autos de procedimiento ordinario nº 0000376/2017 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 232.50 Kb.
BOC-A-2020-251-4769. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Cesáreo Rodríguez Santos, Letrado/a de la Administración de Justicia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Tribunal se ha dictado sentencia en el recurso de apelación nº 661/2019 cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Ilmos. Sres./a.

Presidente:

Dña. María Paloma Fernández Reguera.

Magistrados:

D. Antonio María Rodero García.

Dña. María Raquel Alejano Gómez.

En Santa Cruz de Tenerife, a cinco de octubre de dos mil veinte.

Visto por los Ilmos. Sres./a. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 376/2017, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, promovidos por la entidad bancaria BBVA, S.A., representada por el Procurador D. José Ignacio Hernández Berroval, y asistido por la Letrada Dña. Jésica Clemente Osuna, contra Dña. Mercedes Francisca Martín Castro, representada por la Procuradora Dña. Milagros Mandillo Blánquez, y asistida por la Letrada Dña. Soraya Lutzardo Cañada y contra D. José Francisco Vera Marrero, declarado en rebeldía; han pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la presente sentencia siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, con base en los siguientes:

FALLO

Desestimar el recurso de apelación formulado por la representación procesal de Dña. Mercedes Francisca Martín Castro, contra la sentencia dictada en el presente procedimiento, confirmando la sentencia recurrida, con expresa imposición de las costas del recurso a la parte apelante.

Procédase a dar al depósito el destino previsto de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la L.O.P.J., si se hubiera constituido.

Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia con testimonio de la presente resolución, para su ejecución y cumplimiento y demás efectos legales.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación por interés casacional (artº. 477.2.3º de la Ley de Enjuiciamiento Civil), y recurso extraordinario por infracción procesal si se formula conjuntamente con aquel (Disposición Final decimosexta 2ª, de la Ley de Enjuiciamiento Civil), que podrán interponerse ante esta Sala en el plazo de veinte días.

Así por esta, nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. José Francisco Vera Marrero, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias