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BOC Nº 246. Miércoles 2 de diciembre de 2020 - 4654

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria

4654 EDICTO de 26 de octubre de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0001295/2018.

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BOC-A-2020-246-4654. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Teresa Oliver Guerra, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a cinco de junio de dos mil diecinueve.

Vistos por José Alexis Reyes Negrín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su partido, el presente procedimiento de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, registrado con el nº 1295/2018, y seguido a instancia de la entidad "Cobega Embotellador, S.L.", representada por la Procuradora Dña. Jessica del Carmen García Viera y asistida por el Letrado D. Ibán Abalde Sestelo, contra la entidad "Cool Entertaiment, S.L.", que fue declarada en situación legal de rebeldía procesal.

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la entidad "Cobega Embotellador, S.L.", contra la entidad "Cool Entertainment, S.L."; en virtud de lo cual, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de dos mil cuatrocientos treinta y cuatro euros con treinta y siete céntimos de euro (2.434,37), más los intereses en los términos señalados. Y, todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 455.1 de la LEC.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la presente resolución por su Sr. Magistrado-Juez, que la dictó en el mismo día de su fecha estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Cool Entertainment, S.L., expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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