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BOC Nº 234. Lunes 16 de noviembre de 2020 - 4293

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

4293 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Directora, por la que se aceptan las renuncias, ampliaciones de inicio y cambios de perfil de varias subvenciones concedidas mediante la Resolución de 10 de septiembre de 2020, que concede subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2020.

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BOC-A-2020-234-4293. Firma electrónica - Descargar

Examinadas las peticiones de renuncia a la subvención, de solicitud de ampliación de plazo para inicio de los proyectos y de solicitud de cambios de perfil en relación a la Resolución de 10 de septiembre de 2020, de la Dirección, por la que se conceden subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2020, y vistos los siguientes:

I. ANTECEDENTES

1º.- Con fecha 2 de marzo de 2020 se publica el extracto de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2020 (BOC nº 42, de 2.3.2020) y cuyo texto completo se puede consultar en el Base de Datos Nacional de Subvenciones (Identificador: 496616).

2º.- El 21 de septiembre de 2020 se publica, en el Boletín Oficial de Canarias nº 193, Resolución de 10 de septiembre de 2020, de la Dirección, por la que se conceden subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2020, y figurando en el Anexo II la relación de los proyectos aprobados con las características de los mismos.

3º.- Las siguientes entidades presentaron escrito de renuncia a la subvención debido a las circunstancias derivadas de la crisis sanitaria generada por la COVID-19:

Ver anexo en la página 31687 del documento Descargar

4º.- Debido a las medidas restrictivas motivadas por la COVID-19, varias entidades solicitaron, dentro del plazo correspondiente, la ampliación para el inicio en los proyectos en aplicación del resuelvo quinto de la citada Resolución de concesión se contempla: en cumplimiento de la prevención contenida en el artículo 10.1 de la Orden de 19 de diciembre de 1997, se comunica a los beneficiarios de la presente subvención que la fecha de inicio de los proyectos será a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, no pudiendo exceder dicho comienzo del 1 de octubre de 2020. Este plazo podrá ser ampliado, previa solicitud debidamente motivada, mediante acuerdo de la Subdirectora de Empleo. En proyectos con duración prevista de 9 meses, la ampliación supondrá una minoración de la duración y del importe a subvencionar.

A dichas entidades se les concedió, mediante acuerdo, la ampliación del plazo del inicio de los proyectos:

Ver anexo en la página 31688 del documento Descargar

A fecha actual, todas las entidades han iniciado los proyectos, excepto la entidad AFAES. Asociación de Familias para Apoyo de Enfermos Psíquicos, con CIF G35268051.

5º.- Debido a las dificultades encontradas en la preselección de los candidatos para cubrir el puesto de trabajo subvencionado por parte de la unidad gestora de las ofertas del Servicio Canario de Empleo, la Entidad Asociación para el Desarrollo Rural de la Isla de La Palma-ADER, con CIF G38282620 remite el 1 de octubre de 2020 escrito de solicitud de ampliación de plazo de inicio del proyecto 3805320FD01 a la vez que se realiza petición de modificación de perfil (punto 6º antecedentes de esta Resolución). Dado lo extremo de la solicitud, el SCE no pudo pronunciarse de forma expresa mediante un acto administrativo, conforme al artº. 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante entendiéndose conforme al silencio positivo de la citada ley, la entidad podría tener de plazo ampliado hasta el 6 de octubre de 2020 para realizar las actuaciones pertinentes.

6º.- En aplicación del resuelvo décimo de la Resolución de concesión, las siguientes entidades solicitaron cambio de perfil acreditando que el mismo no suponía variación al alza del importe subvencionado, ni alteración del objeto del proyecto aprobado, y aportando informe del gestor de la oferta de la no existencia de candidatos disponible:

Ver anexo en la página 31689 del documento Descargar

A los citados antecedentes les son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único, apartado uno de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11).

Segunda.- La presente Resolución se dicta al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 1997 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE nº 312, de 30.12.97), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones para la realización de obras o servicios de interés general y social por las Entidades que contraten a trabajadores desempleados inscritos en las Oficinas de Empleo, desarrollada en sus aspectos de aprobación, seguimiento y control, mediante Resolución del Instituto Nacional de Empleo de 30 de marzo de 1999 (BOE de 13.4.99); cuya gestión fue transferida a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (BOE de 17.2.99), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (BOE de 25.6.99), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (BOC de 28.4.03). La Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, adapta estas subvenciones al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.

Tercera.- Resulta de aplicación lo establecido en el Capítulo V.- Finalización del procedimiento, Sección 3ª.- Desistimiento y renuncia, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15).

Cuarta.- En cuanto a la ampliación de plazos es de aplicación lo recogido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15) así como el resuelvo quinto de la Resolución de concesión de 10 de septiembre de 2020, de la Dirección del SCE mencionada.

Quinta.- Así mismo resulta de aplicación el resuelvo décimo de la Resolución de 10 de septiembre de 2020, de la Dirección por la que se conceden subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2020 (BOC nº 193 de 21.9.2020), en lo relativo al cambio de categoría profesional.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Aceptar las renuncias al desarrollo de los Proyectos presentadas por las siguientes entidades:

Ver anexo en la página 31690 del documento Descargar

Segundo.- Aceptar las propuestas de modificación de perfil solicitado por las siguientes entidades:

Ver anexo en la página 31690 del documento Descargar

Tercero.- Modificar los importes inicialmente concedidos, adaptándolos a la fechas de inicio de los proyectos con autorización de ampliación y/o de modificaciones de los perfiles a contratar:

Ver anexo en la página 31690 del documento Descargar

Notificar esta Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Vista la normativa aplicable, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único, apartado uno, de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11), conforme se propone, resuelvo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de noviembre de 2020.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.

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