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BOC Nº 229. Lunes 9 de noviembre de 2020 - 4156

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana

4156 EDICTO de 6 de octubre de 2020, relativo al fallo dictado en la sentencia de los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000426/2019.

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BOC-A-2020-229-4156. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Teresa Rodríguez Villaescusa, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 5 de octubre de 2020.

Vistos por Carlos Suárez Ramos, magistrado del Juzgado de Primera Instancia Cuatro de San Bartolomé de Tirajana, los presentes autos del juicio verbal de divorcio contencioso nº 426/2019, seguidos a instancia de don Leopoldo González Llorente, representado por doña Ana María Rodríguez Romero y asistido del letrado don Domingo José Parrilla Rodríguez; contra don Pedro Páez Romero, en situación procesal de rebeldía; ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta don Leopoldo González Llorente contra don Pedro Páez Romero, declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 20 de mayo de 2011 (inscrito el matrimonio en el Registro Civil de San Bartolomé de Tirajana al Tomo 11, Sección 2ª, página 307), con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración. Todo ello sin efectuar especial pronunciamiento sobre costas.

Firme que sea esta sentencia remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil a los efectos legales oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas el cual deberá ser interpuesto ante este juzgado en plazo de los 20 días siguientes al de su notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, la pronuncia, manda y firma Carlos Suárez Ramos, del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de San Bartolomé de Tirajana.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Pedro Páez Romero, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 6 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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