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BOC Nº 221. Jueves 29 de octubre de 2020 - 3959

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V. ANUNCIOS - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

3959 Dirección General de Universidades.- Extracto de la Resolución de 26 de octubre de 2020, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2020/2021.

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BOC-A-2020-221-3959. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 525510.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

La Orden de 25 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2020/2021 y se realiza la convocatoria de determinadas becas y ayudas, establece en la base novena que: "Las personas interesadas en acceder a las becas para la realización de estudios universitarios, deberán cumplimentar el formulario de solicitud disponible en la sede electrónica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, únicamente en formato digital por ser un colectivo que reúne los requisitos adecuados y ha demostrado ostentar un nivel de conocimientos técnicos para ello".

El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en su artículo 15 que "la presentación telemática de solicitudes y documentación complementaria se realizará en los términos previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos", actualmente sustituida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo en el apartado segundo de la citada base novena de la Orden se indica que: "a) Para la presentación electrónica, tras rellenar todos los campos del modelo de solicitud telemática, esta deberá ser firmada por la persona interesada con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados y disponibles en la sede electrónica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Para ello, será requisito indispensable, disponer de cualquiera de los sistemas de identificación disponibles en la sede electrónica departamental, que se pueden consultar en el apartado "la sede-Sistemas de identificación y firma aceptados".

En el resuelvo quinto de la Orden se especifica que el plazo de presentación de solicitudes será de un mes y empezará a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, habiéndose iniciado dicho plazo el día 2 de octubre de 2020.

A la vista de los problemas surgidos en la obtención del sistema de identificación, autenticación y firma electrónica Cl@ve, así como del Certificado Digital FNMT, en el momento de acreditar los solicitantes su identidad ante un empleado público habilitado al efecto, debido a las restricciones de acceso físico a los edificios públicos motivadas por los protocolos de actuación ante la pandemia COVID-19, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica los motivos de la ampliación y el nuevo plazo. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 32.1: "La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados". Dadas las excepcionales circunstancias provocadas por la pandemia de COVID-19, que ha limitado la posibilidad de realizar la presentación de las solicitudes de beca para el curso 2020-2021, resulta procedente la ampliación del plazo.

El resuelvo vigésimo de la Orden de 25 de septiembre de 2020, delega en el Director General de Universidades la instrucción y resolución de la convocatoria y la resolución de las incidencias relacionadas con la misma, así como la posible ampliación del plazo de presentación de solicitudes por situaciones excepcionales.

Resuelvo ampliar plazo de presentación de solicitudes de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2020-2021, hasta las 23:59:59 horas del día 9 de noviembre de 2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 2020.- El Director General de Universidades, Manuel Ramírez Sánchez.

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