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BOC Nº 206. Miércoles 7 de octubre de 2020 - 3561

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

3561 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 29 de septiembre de 2020, por la que se suspenden los talleres a los que hace referencia el punto 4.2 del anexo de la Resolución de 11 de junio de 2020, que dicta instrucciones para la organización y el funcionamiento del Curso Específico de Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio a impartir en centros de educación de personas adultas dependientes de esta Consejería.

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BOC-A-2020-206-3561. Firma electrónica - Descargar

Siendo necesario modificar el anexo de la Resolución de 11 de junio de 2020, por la que se dictan instrucciones para la organización y el funcionamiento del Curso Específico de Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio a impartir en centros de educación de personas adultas dependientes de esta Consejería, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Resolución de 11 de junio de 2020, por la que se dictan instrucciones para la organización y el funcionamiento del Curso Específico de Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio a impartir en centros de educación de personas adultas dependientes de esta consejería, establece en su anexo de instrucciones que durante el primer mes del curso se "impartirán una serie de talleres sobre convivencia, habilidades sociales, valores, técnicas de estudio, etc. Dichos talleres, tendrán una duración de 8 horas, en su totalidad, y serán impartidos por profesorado y/o expertos en esas materias". Asimismo, para el desarrollo de los mencionados talleres, se establece una organización horaria para ese mes en el que se detrae una hora lectiva semanal de alguno de los ámbitos, asignándola al Ámbito de Tutoría, Convivencia e Integración.

Segundo.- Las especiales circunstancias en el inicio del curso 2020-2021 debidas a la pandemia por la COVID-19, han llevado a la toma de numerosas medidas para los centros educativos que dificulten la potencial propagación del coronavirus SARS-CoV-2. En aras de contribuir a dicho objetivo, se hace razonable evitar el desplazamiento, concentrado en un solo mes, del profesorado experto en los talleres, así como el contacto con grupos de alumnado de diferentes centros.

A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Resolución de 11 de junio de 2020, por la que se dictan instrucciones para la organización y el funcionamiento del Curso Específico de Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio a impartir en centros de educación de personas adultas dependientes de esta consejería.

Segundo.- El Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial en los centros educativos no universitarios de Canarias (curso 2020-2021), de la Consejería de Sanidad y de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, así como cuantas otras recomendaciones hagan las autoridades sanitarias en función de la evolución de la pandemia.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 11 del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades,

R E S U E L V O:

Único.- Suspender los talleres sobre convivencia, habilidades sociales, valores, técnicas de estudio, etc. a desarrollar en el primer mes lectivo del Curso Específico de Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, establecidos en la Resolución de 11 de junio de 2020, por la que se dictan instrucciones para la organización y el funcionamiento del Curso Específico de Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio a impartir en centros de educación de personas adultas de esta comunidad autónoma.

Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes recurso de alzada, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deportes, sin perjuicio de cualesquiera otros que se estime procedente interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de septiembre de 2020.- La Directora General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Rosario Gañan Pérez.

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