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BOC-A-2020-197-3392.
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D./Dña. María Inmaculada Monllor Gisbert, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a dieciocho de febrero de dos mil veinte.
Dña. Nuria Navarro García, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Siete de Santa Cruz de Tenerife y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de divorcio nº 433/2019, promovidos por D. Leonardo Celso Álvarez Perdomo representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Carolina Sicilia Romero y bajo la dirección de la Letrada Dña. Sonia Castro Martín, y siendo parte demandada Dña. Lourdes Rodríguez Rodríguez, en rebeldía.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Carolina Sicilia Romero, en nombre y representación de D. Leonardo Celso Álvarez Perdomo, contra Dña. Lourdes Rodríguez Rodríguez, en rebeldía, decreto el divorcio de los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes al mismo, y Acuerdo:
- La atribución del uso del domicilio familiar al demandante y a su hija.
No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y una vez firme comuníquese al Registro Civil, donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Lourdes Rodríguez Rodríguez, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 17 de junio de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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