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BOC Nº 188. Lunes 14 de septiembre de 2020 - 3246

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V. ANUNCIOS - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

3246 EXTRACTO de la Orden de 27 de agosto de 2020, por la que se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta) y Aporta Digital para el ejercicio 2020.

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BOC-A-2020-188-3246. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 522572.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Las pequeñas y medianas empresas canarias que realicen un proyecto de los indicados en la base sexta. Asimismo, podrán acogerse las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas canarias constituidas a través de cualquiera de las formas jurídicas admitidas por la normativa mercantil vigente. También podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica. Las empresas referidas anteriormente deberán contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención. Esta exigencia será de aplicación a las empresas que conforman la agrupación empresarial, pero no así a la estructura agrupada con la que se presentan al programa.

Las empresas beneficiarias en su modalidad, individual o agrupadas, deberán:

- Tener su domicilio fiscal en Canarias, o tener un establecimiento permanente en esta Comunidad Autónoma.

- Disponer y demostrar tener capacidad financiera suficiente para abordar un proceso de internacionalización.

- Disponer como mínimo de un producto o servicio propio con potencial de internacionalización. Se considerará producto o servicio propio cuando alguna fase del proceso de su elaboración se haya realizado en Canarias (perfeccionamiento activo).

- Estar inscritas en la Enterprise Europe Network-Canarias (EEN-Canarias).

Segundo.- Finalidad.

Subvenciones a la internacionalización de empresas canarias consistente en asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, según la siguiente tipología e importes:

1. Proyectos Nuevos de Internacionalización: 995.696,00 euros.

2. Proyectos de Consolidación que hubieran sido beneficiarios en anteriores convocatorias del programa de subvenciones Canarias Aporta: 1.000.000,00 euros.

3. Proyectos de internacionalización digital (digitalización y comercio electrónico): 677.271,88 euros.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden 265/2020, de 14 de julio (BOC nº 149, de 24 de julio), por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de subvenciones a proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta) y proyectos de internacionalización digital (Aporta Digital).

Cuarto.- Importe.

El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de 2.672.967,68 euros (dos millones seiscientos setenta y dos mil novecientos sesenta y siete euros con sesenta y ocho céntimos). Para la convocatoria 2020, el importe máximo de los gastos subvencionables por proyecto ascenderá a 120.000 euros respectivamente, siendo el importe máximo de la subvención el 50% del gasto subvencionable.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Canarias.

Sexto.- Otros datos de interés.

1. Gastos subvencionables: las categorías de gastos subvencionables establecidas en la base novena y décima de la Orden de bases reguladoras que rigen la concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de las empresas canarias:

2. Tendrán la consideración de gastos subvencionables, los siguientes:

- Export Manager en origen y en destino.

- Consultor Senior Internacional.

- Experto en digitalización y comercio electrónico en origen (Aporta Digital).

- Acciones promocionales en el exterior.

- Gastos de implantación y/o licitación en el exterior.

- Pólizas o seguros cuya finalidad sea cubrir los riesgos políticos, comerciales y extraordinarios asociados a la internacionalización.

- Formación, Equipo Humano y Profesional, Marketing y Logística (Aporta Digital).

3. Solicitudes: la presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible, se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, siendo la dirección electrónica https://sede.gobiernodecanarias.org/aplicaciones/caporta/c202001/login.

4. Documentación: la prevista en la base dieciocho de la Orden de bases reguladoras que rigen la concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de las empresas canarias.

5. Forma de pago: las subvenciones se abonarán anticipadamente mediante pago único, no exigiéndose garantías.

6. Forma de justificación: mediante cuenta justificativa con informe de auditor acompañada de las facturas pagadas.

7. Plazo máximo de justificación: 30 de junio de 2021.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de agosto de 2020.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO,

Elena Máñez Rodríguez.

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