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BOC Nº 181. Viernes 4 de septiembre de 2020 - 3151

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V. ANUNCIOS - Cabildo Insular de Fuerteventura

3151 ANUNCIO de 2 de septiembre de 2020, por el que se hace público el Decreto nº CAB/2020/3819, de 1 de septiembre de 2020, de la Presidencia, de reactivación del Plan Insular de Emergencias de Fuerteventura (PEIN).

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BOC-A-2020-181-3151. Firma electrónica - Descargar

"Vista la Providencia del Consejero de Seguridad y Emergencias de fecha 31 de agosto de 2020, para que se inicien los trámites necesarios para la adecuación y el establecimiento de las medidas a adoptar de activación hasta nuevo aviso, la situación de EMERGENCIA NIVEL 1, prevista en el Plan Territorial de Emergencias de Fuerteventura (PEIN), por riesgo de origen ANTRÓPICO, clasificación de RIESGO SANITARIO por EPIDEMIA ante el incremento de casos por COVID-19 en la isla de Fuerteventura.

Visto el informe del Jefe de Servicio de Seguridad y Emergencias, D. Francisco Javier Torres Sánchez, de fecha 31 de agosto, por el que se recomienda a la Presidencia del Cabildo de Fuerteventura la solicitud de activación hasta nuevo aviso, la situación de EMERGENCIA NIVEL 1, prevista en el Plan Territorial de Emergencias de Fuerteventura (PEIN), por riesgo de origen ANTRÓPICO, clasificación de RIESGO SANITARIO por EPIDEMIA ante el incremento de casos por COVID-19 en la isla de Fuerteventura, y en el se recogen las medidas de prevención para la población en general y de los municipios de la isla.

De conformidad con lo dispuesto en el Capítulo V del Título II de la Ley 211/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, plasmado en su artículo 42 y siguientes, el Gobierno de Canarias como responsable último del funcionamiento ordenado, eficiente y eficaz, de las actividades sanitarias de las Administraciones Públicas de Canarias, tiene asignadas las competencias de ordenación, planificación, dirección, supervisión, control, inspección y sanción sanitarias, sociosanitarias y de salud pública, ostentando, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 del mismo texto legal, el carácter de autoridad sanitaria para la determinación de las actuaciones de intervención administrativa en el ámbito de la salud que se contemplan en sus artículos 25 y 26.

Atendiendo a la Resolución de 28 de agosto de 2020, por la que se dispone la publicación del Acuerdo que aprueba la actualización de determinadas medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 57 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, con el fin de desarrollar la actividad administrativa correspondiente a las funciones y competencias de este Cabildo, por medio de la presente

R E S U E L V O:

Primero.- Reactivar con efectos de hoy 31 de agosto de 2020 el Plan Insular de Emergencias de Fuerteventura poniendo a disposición de las autoridades competentes todos los recursos y bienes de titularidad y competencias de este Cabildo Insular.

Segundo.- Dar traslado del presente Decreto, al Pleno y al Servicio de Seguridad y Emergencias del Cabildo de Fuerteventura.

Tercero.- Publicar el presente Decreto en la sede electrónica, en la página web del Cabildo y en el Boletín Oficial de Canarias".

Puerto del Rosario, a 2 de septiembre de 2020.- El Consejero de Área Insular de Deportes y Seguridad y Emergencias, Alejandro Jesús Jorge Moreno.

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