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BOC Nº 172. Miércoles 26 de agosto de 2020 - 3017

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

3017 ORDEN de 6 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden Departamental de 17 de marzo de 2020, que actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el ejercicio 2020.

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BOC-A-2020-172-3017. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta del titular de la Dirección Generales de Derechos Sociales e Inmigración, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la titular de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda nº LOR2019CA00084, de 21 de febrero de 2019, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de dicho Departamento para los ejercicios 2019/2021 (BOC nº 50, de 13.3.19) teniendo posteriores modificaciones recogidas en las siguientes Órdenes que se relacionan a continuación: nº LOR2019CA00296, de 17 de mayo de 2019 (BOC nº 105, de 4.6.19); nº LOR2019CA00379, de 11 de junio de 2019 (BOC nº 122, de 27.6.19); nº LOR2019CA00413, de 24 de junio de 2019 (BOC nº 137, de 18.7.19); nº LOR2019CA00580, de 22 de agosto de 2019 (BOC nº 175, de 11.9.19) y nº LOR2019CA00751, de 27 de noviembre de 2019 (BOC nº 240, de 12.12.19).

Segundo.- En el presente año y por Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020, se procede a actualizar dicho Plan Estratégico de Subvenciones para este ejercicio presupuestario 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020) significando que, con posterioridad a ello, se ha procedido por Orden nº 222, de 23 de abril de 2020 a su modificación (BOC nº 86, de 4.5.2020), por Orden nº 228, de 24 de abril de 2020, a completar dicha actualización (BOC nº 90, de 8.5.2020), y por Orden nº 416, de 30 de junio de 2020, a una nueva modificación de dicho Plan (BOC nº 143 de 16.7.2020).

Tercero.- Con fecha del pasado día 10 de julio, por el titular de la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración se ha elaborado la pertinente propuesta para modificar la citada actualización del Plan Estratégico de Subvenciones, por lo que respecta al Anexo I del mismo, en el sentido de incrementar en 1.215.098,49 euros la aplicación presupuestaria 23 07 231I 4800100 LA 23439202 "Acción Social Institucional para la Integración Social" y en 321.166,16 euros la aplicación presupuestaria 23 07 231I Pi/La 234G0186 "Promoción del Voluntariado", como consecuencia de que la Línea de actuación correspondiente a la Prestación Canaria de Inserción 23409602 "Ayudas a la integración social" supera actualmente las necesidades inicialmente previstas, con motivo fundamentalmente de la incompatibilidad en la percepción de la misma y de otros ingresos por los que optan los beneficiarios como el ingreso mínimo vital, resultando asimismo que estas partidas pertenecen al mismo programa presupuestario 231 denominado Fomento de la Inclusión Social y en el presente ejercicio económico tienen vinculación a nivel de artículo y programa.

Cuarto.- Consta en el expediente informe de la Oficina Presupuestaria, así como también de la Dirección General de Planificación y Presupuesto sobre la modificación de la citada actualización del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 7, apartado 3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias establece que, los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones.

Segundo.- La propuesta del titular de la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración sobre la modificación de la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente ejercicio, aprobado por Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020), afecta al Anexo I de la citada Orden, dedicado a las subvenciones en concurrencia competitiva, en lo que se refiere al Servicio Presupuestario 23.07 de la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración. En concreto conlleva incrementar el importe inicialmente consignado en las Líneas de actuación 23439202 "Acción Social Institucional para la Integración Social" y en 234G0186 "Promoción del Voluntariado" del Programa 231I Fomento de la Inclusión Social, en las cantidades de 1.215.098,49 euros y en 321.166,16 euros respectivamente.

Dichas Líneas de actuación sirven de cobertura presupuestaria, entre otras, a la convocatoria de la concesión de subvenciones para el año 2020, destinadas a la ejecución de proyectos en las áreas de personas mayores, inmigración, voluntariado e inclusión social, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 87, de 5 de mayo de 2020, constándose que, una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes de dicha convocatoria se concluye que el importe destinado a la misma es insuficiente para atender a todas aquellas solicitudes que cumplen requisitos para ser admitidas en la concurrencia, es especial aquellas Líneas que van destinadas a programas de inclusión social dirigidos fundamentalmente a personas en situación de exclusión social severa, por lo que resulta conveniente incrementar el crédito inicialmente asignado a las mismas, de tal forma que ello suponga atender la ejecución de dichas acciones subvencionables.

Tercero.- En consideración a lo expuesto en el apartado anterior es preciso proceder a la modificación de la repetida Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020, por la que se actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el ejercicio 2020 que afecta al Anexo I de dicha Orden departamental, dedicado a la concesión de subvenciones, de concurrencia competitiva, en lo que se refiere al Servicio Presupuestario 07 Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración del Programa 311I denominado Fomento de la Inclusión Social.

Cuarto.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, por el que se determina el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 136, de 17.7.19), así como el Decreto 43/2020, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (BOC nº 81, de 24.4.2020) y, finalmente, el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Juventud (BOC nº 137, de 18.7.19) la titular de este Departamento es competente para la modificación de la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones, relativo al ejercicio 2020.

Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la Orden departamental nº 129, de 17 de marzo, por la que se actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, para el ejercicio económico 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020).

Segundo.- Concretar que dicha modificación afecta al Anexo I de dicha Orden, dedicado a la concesión de subvenciones, de concurrencia competitiva, en lo que respecta al Servicio 07 Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración, Programa 231I Fomento de la Inclusión Social, incrementando el crédito inicialmente consignado en las Líneas de actuación 23439202 "Acción Social Institucional para la Integración Social" y en 234G0186 "Promoción del Voluntariado", en las cantidades de 1.215.098,49 euros y en 321.166,16 euros respectivamente.

Tercero.- Determinar que se incorporen, a la presente Orden departamental, el mencionado Anexo I, que recoge la modificación acordada, dejando inalterable el resto de líneas de actuación que se recogen en el mismo.

Cuarto.- Instar a la publicación, en el Boletín Oficial de Canarias, de la modificación de la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el ejercicio 2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de agosto de 2020.

LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,

IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD,

Noemí Santana Perera.

Ver anexo en las páginas 23366-23378 del documento Descargar

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