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BOC Nº 170. Lunes 24 de agosto de 2020 - 2987

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 (antiguo Mixto nº 6) de San Cristóbal de La Laguna

2987 EDICTO de 11 de junio de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0001136/2018.

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BOC-A-2020-170-2987. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María del Pilar Parrilla Martín, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 (antiguo Mixto nº 6) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En San Cristóbal de La Laguna, a tres de junio de dos mil veinte.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Mercedes Santana Rodríguez Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de La Laguna y su partido, antiguo Juzgado mixto nº 6 los presentes autos de juicio ordinario nº 1136 de 2018 seguidos a instancias de el/la Procurador/a Dña. Rosario Hernández Hernández en nombre y representación de PSA Financial Services Spain E.F.C. asistida del Letrado D. Mario Santana González contra Dña. Rosario y D. Jesús Pérez Adrián, rebeldes en estos autos, y contra Herederos de D. Ramón Pérez Barbuzano rebeldes en estos autos, sobre reclamación de cantidad.

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Rosario Hernández Hernández en nombre y representación de PSA Financial Services Spain E.F.C. asistida del Letrado D. Mario Santana González contra Dña. Rosario y D. Jesús Pérez Adrián, rebeldes en estos autos, y contra Herederos de D. Ramón Pérez Barbuzano rebeldes en estos autos, sobre reclamación de cantidad y en su consecuencia condenar a los demandados a que abone a la actora la cantidad de 9.683,13 euros de principal más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda hasta el completo pago del principal y desde la fecha de esta sentencia y a favor del acreedor el interés a que se refiere el artº. 576 LEC. En materia de costas, procede la condena a las mismas a la demandada vencida en esta primera instancia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra ella se puede interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, recurso que habrá de interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la Ley 1/2009, de 3 de enero.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. D Adrián, Jesús Pérez Adrián y herederos de D. Ramón Pérez Barbuzano, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 11 de junio de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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