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BOC Nº 162. Miércoles 12 de agosto de 2020 - 2790

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

2790 ORDEN de 29 de julio de 2020, por la que se aprueba, una vez concluido el período de prácticas, el expediente del procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes a la oferta de empleo público del año 2018, convocado por Orden de 28 de marzo de 2019.

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BOC-A-2020-162-2790. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta de la Directora General de Personal de fecha 17 de julio de 2020, relativa a la aprobación del expediente del procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado mediante Orden de 28 de marzo de 2019 (BOC nº 66, de 4.4.19), una vez concluido el periodo de prácticas y recibidas las actas de evaluación de la Comisión Evaluadora nombrada al efecto, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 13 de noviembre de 2019 (BOC nº 231, de 28.11.19), de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se procede a nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación convocado por Orden de 28 de marzo de 2019 (BOC nº 66, de 4.4.19).

Segundo.- Por Resolución nº 4.195, de 28 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Personal por la que se regula la fase de prácticas del procedimiento selectivo para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por Orden de 28 de marzo de 2019, estableció en sus anexos la relación de aspirantes seleccionados que estaban exentos de la realización de la fase de prácticas y los que tenían la obligatoriedad de realizar solo el curso de formación de la fase de prácticas.

Tercero.- De acuerdo con lo dispuesto en la base 15.1 de la Orden de 28 de marzo, de la extinta Consejería de Educación y Universidades, por la que se convocó el procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación, la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad, ha elevado a la Dirección General de Personal el acta de evaluación de la actividad formativa "Fundamentos de la actividad inspectora".

En dicha acta de evaluación figuran calificados como "han superado" todos los aspirantes que solo tenían que realizar la actividad formativa, de acuerdo con lo establecido por la Resolución de 28 de noviembre de 2019.

Cuarto.- De acuerdo con la base 16 de la Orden de convocatoria, se ha comprobado que los aspirantes que han sido calificados como "aptos" reúnen los requisitos generales y específicos exigidos en dicha Orden.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento en su redacción actual, en cuanto sea de aplicación.

Segundo.- El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley en cuanto le sea de aplicación.

Tercero.- La Orden de la extinta Consejería de Educación y Universidades de 28 de marzo de 2019, por la que se convoca procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2018, especialmente su base 16 que establece que "Concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos en la misma reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria, la Consejería de Educación y Universidades aprobará el expediente del procedimiento selectivo, haciéndolo público en el Boletín Oficial de Canarias."

De acuerdo con todo lo anterior, y en virtud de lo establecido en el artículo 29.1, letra j) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y el Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades.

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar, una vez concluido el periodo de prácticas, el expediente del procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por Orden de 28 de marzo de 2019, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2018.

Segundo.- Declarar que han sido considerados exentos de la realización de la totalidad de la fase de prácticas, a los aspirantes seleccionados que figuran en el Anexo I de esta Orden.

Tercero.- Declarar que los aspirantes que se relacionan en el Anexo II, los cuales estaban exentos de la realización de la fase de prácticas, han sido calificados como "aptos" en la actividad formativa "Fundamentos de la Función Inspectora".

Cuarto.- Elevar la presente Orden al Ministerio de Educación y Formación Profesional para la formalización del nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que figuran en los anexos de esta Orden.

Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes o, en el plazo de dos meses, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 2020.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Manuela de Armas Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 21530-21530 del documento Descargar

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