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BOC Nº 147. Miércoles 22 de Julio de 2020 - 2433

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V. ANUNCIOS - Consejería de Turismo, Industria y Comercio

2433 EXTRACTO de la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se convocan para el año 2020 subvenciones a proyectos de mejora de los mercados tradicionales de Canarias y otras actuaciones de apoyo al comercio rural.

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BOC-A-2020-147-2433. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 515308.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios y Proyectos.

Engloba dos tipos de proyectos bien diferenciados.

I) Mercados Tradicionales de Canarias, situados en municipios de más de 15.000 habitantes.

Las entidades beneficiarios serán los Ayuntamientos, así como las Entidades Gestoras entendiéndose como tal, aquellas que las propias entidades locales de ámbito municipal hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales, de la Comunidad Autónoma de Canarias.

También podrán ser entidades beneficiarias las Federaciones y/o Agrupaciones de los Organismos de Gestión, siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada.

II) Otras actuaciones de apoyo al comercio rural, cuyas líneas son:

A) Mercados y mercadillos tradicionales rurales situados en municipios rurales o en entidades de población de menos de 15.000 habitantes de los municipios no rurales.

Las entidades beneficiarios serán los Ayuntamientos, así como las Entidades Gestoras entendiéndose como tal, aquellas que las propias entidades locales de ámbito municipal hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales, de la Comunidad Autónoma de Canarias.

También podrán ser entidades beneficiarias las Federaciones y/o Agrupaciones de los Organismos de Gestión, siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada.

B) Apoyo a las zonas comerciales abiertas rurales de Canarias en municipios rurales o en entidades de población de menos de 15.000 habitantes de los municipios no rurales.

Las entidades beneficiarias serán los organismos de gestión de las mismas con personalidad jurídica propia (Organizaciones/Asociaciones Empresariales/Comerciantes, Consorcios Público-Privados, etc.) que asocien/integren directa o indirectamente a una parte relevante de las pequeñas y medianas empresas comerciales del área de actuación, que pretendan llevar a cabo alguna de las acciones incentivables previstas en las bases.

También podrán ser entidades beneficiarias de la presente convocatoria las Federaciones y/o Agrupaciones de los Organismos de Gestión siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada.

Segundo.- Objeto.

Las subvenciones tienen por objeto la competitividad y aumentar el valor añadido de los productos producidos y procesados en esta Comunidad Autónoma, las subvenciones tendrán como finalidad la mejora de los Mercados Tradicionales de Canarias con actuaciones de gestión, promoción y dinamización, que presenten los Ayuntamientos o Entidades que gestionan estos espacios de desarrollo económico de nuestras ciudades y pueblos.

Asimismo, también tendrán como finalidad la mejora comercial de las Zonas Comerciales Abiertas de los municipios Rurales de Canarias con actuaciones de gestión, promoción y dinamización, que presenten los organismos de gestión de las mismas y sus Federaciones o Agrupaciones que integran el comercio y que gestionan estos espacios de desarrollo económico de nuestros municipios rurales.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 8 de mayo de 2020 de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio, por la que se aprueban bases reguladoras, que han de regir en la concesión de subvenciones, para proyectos de mejora de los mercados tradicionales de Canarias y otras actuaciones de apoyo al comercio rural (BOC nº 98, de 20.5.2020).

Cuarto.- Cuantía.

Esta subvención, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Plan de Mercados Tradicionales de Canarias: cuatrocientos mil (400.000,00) euros, con cargo al presente ejercicio 2020 y cien mil (100.000,00) euros, con cargo al ejercicio 2021, importes que encuentran cobertura en la aplicación presupuestaria 16.16.431B.750.04, Proyecto de Inversión 197G0147 denominado "Plan de Mercados Tradicionales de Canarias".

Programa de Desarrollo Comercio Rural: doscientos mil (200.000,00) euros, con cargo al presente ejercicio 2020 y cincuenta mil (50.000,00) euros, con cargo al ejercicio 2021, importes que encuentran cobertura en la aplicación presupuestaria 16.16.431B.780.02, Proyecto de Inversión 197G0153 denominado "Programa de desarrollo Comercio Rural".

Dichas dotaciones podrán incrementarse cuando exista cobertura presupuestaria para llevarse a cabo y que el acuerdo adoptado al respecto sea publicado con anterioridad a la fecha de la Resolución de concesión.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes, es de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexto.- Otros datos.

Los interesados deberán de cumplimentar solicitud telemática a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Turismo, Industria, Comercio https://sede.gobiernodecanarias.org/turic/.

Tras rellenar todos los campos de la solicitud, esta deberá ser firmada por el representante legal de la entidad solicitante o por la propia entidad solicitante mediante un certificado digital aceptado en la sede electrónica.

Asimismo, se presentarán en dicho aplicativo la documentación exigida en las bases para cada tipo de beneficiario.

De conformidad con la base décimo segunda de las bases reguladoras, los impresos normalizados Anexos VII y VIII de la presente convocatoria se encuentran disponibles en dicho aplicativo de gestión de la convocatoria.

Séptimo.- Pagos.

De conformidad con el Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020 (BOC nº 73, de 14.4.2020), que autoriza las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, el pago de la subvención de la convocatoria se efectuará por anticipado previa solicitud del mismo, sin perjuicio de que el beneficiario pueda solicitar pagos parciales de conformidad con las bases reguladoras.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de junio de 2020.

LA CONSEJERA DE TURISMO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Yaiza Castilla Herrera.

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