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BOC Nº 142. Miércoles 15 de Julio de 2020 - 2290

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

2290 ORDEN de 29 de junio de 2020, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el período 2020-2022.

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BOC-A-2020-142-2290. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente de modificación de la Orden nº 63, de 12 de febrero de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 tramitado por la Secretaría General Técnica.

Atendiendo a la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formulada por la Dirección General de Trabajo con fecha 10 de junio de 2020.

Visto el Informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 25 de junio de 2020.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante Orden nº 63, de 12 de febrero de 2020, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 (BOC nº 37, de 24.2.2020).

2º) El Plan Estratégico aprobado mediante Orden nº 63/2020, incluye las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los siguientes Centros Directivos que conforman la estructura actual del Departamento derivada de los Decretos 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y 9/2020, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo:

a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.

b) Dirección General de Promoción Económica.

c) Dirección General de Asuntos Económicos con África.

d) Dirección General de Trabajo.

e) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.

3º) El Plan Estratégico de Subvenciones aprobado se prevé, de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, de una vigencia de tres años y se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen en el ámbito departamental de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo en el período 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

4º) Ante la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 declarada como pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020, resulta necesaria la adopción de medidas de carácter extraordinario y urgente de diversa índole.

En este contexto se enmarca la propuesta de modificación del Plan Estratégico 2020-2022 instada por la Dirección General de Trabajo que propone la creación de una nueva línea de subvención específica dirigida a la prevención de riesgos laborales por parte de las organizaciones sindicales y las organizaciones empresariales e intersectoriales para minimizar el impacto del COVID-19 en Canarias.

La Dirección General de Trabajo cumple de este modo con los objetivos de la Estrategia Canaria de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020, entre cuyos objetivos destaca el Objetivo 5: Fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación de los empresarios y trabajadores en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo. Estos Objetivos Generales vienen reflejados en el Plan de Actuación del Instituto Canario de Seguridad Laboral 2019-2020, concentrando los recursos dirigidos a la prevención de riesgos laborales al motivo de interés general que constituye minimizar el impacto del COVID-19 en el ámbito de la salud y seguridad en el trabajo.

Para ello, en aplicación del Decreto Ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar el COVID-19, se autoriza el carácter ampliable de la nueva línea de actuación 1511 494B 480.02, L.A. 154G0925 "Prevención de Riesgos Laborales-COVID-19" en virtud de Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

Para dar cobertura a la nueva línea subvención para la prevención de riesgos laborales derivada de la crisis sanitaria ocasionado por el COVID-19, se ha utilizando el crédito destinado al Programa de Prevención de Riesgos Laborales: partida presupuestaria 1511 494B 480.02, L.A. 154G0738 "Prevención de Riesgos Laborales" y al Proyecto de Inversión en materia de Prevención de Riesgos Laborales: partida presupuestaria 1511 494B 770.00, P.I. 207G0005 "Prevención de Riesgos Laborales".

Por otro lado, se propone la disminución del importe de la anualidad 2020 de las líneas de actuación dirigidas a los Planes de Igualdad y la Implementación y Seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Empresas, como consecuencia de dirigir parte del crédito destinado a las referidas líneas de subvención a otras acciones prioritarias a ejecutar por la Dirección General de Trabajo.

Como consecuencia de todo lo anterior se hace necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 de esta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".

Cuarta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.

Quinta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6 del mencionado Decreto 36/2009, y con el objetivo de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando este Departamento a través de los diferentes Centros Directivos dependientes en aquellas áreas en las que tiene atribuidas competencias, procede la modificación de dicho Plan.

Sexta.- El artículo 31.1, apartado a), de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9.1.15), establece que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

Séptima.- El artículo 5.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, dispone que le corresponde a la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo la competencia para aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas, en relación con el ya mencionado artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E l V O:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, aprobado por Orden nº 63, de 12 de febrero de 2020, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Trabajo, en los términos del Anexo I.

Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Teniendo en cuenta la propuesta de modificación instada por la Dirección General de Trabajo, actualizar el contenido del anexo de la Orden nº 63, de 12 de febrero de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, siendo el detalle de las actuaciones a desarrollar por los diferentes centros directivos del Departamento las que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.

Tercero.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2020-2022.

Cuarto.- El Plan modificado se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el período 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

En el supuesto de que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2022, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2023, hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones.

Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de junio de 2020.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO

Elena Máñez Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 17947-17985 del documento Descargar

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