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BOC Nº 141. Martes 14 de Julio de 2020 - 2275

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V. ANUNCIOS - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

2275 Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 26 de junio de 2020, que acuerda someter a los trámites de información pública, audiencia y consulta el Plan Integral de Residuos de Canarias, así como su documento inicial estratégico.

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BOC-A-2020-141-2275. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

Primero.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 103, de 31 de mayo de 2019, se sometió, durante veinte días hábiles, al trámite de información pública, audiencia y consulta el borrador del Plan Integral de Residuos de Canarias, tramitado por la entonces denominada Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

Segundo.- Como resultado de ese proceso participativo, se recibieron numeras sugerencias y alegaciones. Por otro lado, a lo largo del año 2020 se ha realizado un intenso trabajo de contactos y consenso con las corporaciones insulares, municipios y el resto de agentes relacionados con la gestión de los residuos. Para ello se optó por un nuevo modelo de participación, basado en reuniones periódicas de todos los agentes, denominadas Task Force de Residuos de Canarias. Estas reuniones han servido para buscar acuerdos sobre la gestión de residuos e incorporar las sensibilidades manifestadas por los interesados al PIRCAN. Como resultado de todo ello, se ha elaborado un nuevo documento que contiene modificaciones relevantes respecto del sometido a los trámites participativos en el año 2019.

Es por ello que se debe someter de nuevo a los trámites de información pública, audiencia y consulta el borrador del Plan Integral de Residuos de Canarias.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias, según el cual "el Plan Integral de Residuos y su revisión se elaborará y tramitará por la consejería competente en materia de medio ambiente en coordinación con las consejerías competentes en materia de industria y agricultura, previa información pública y audiencia a los cabildos insulares y a los ayuntamientos. Igualmente se consultará a las organizaciones y asociaciones reconocidas por la Ley que se estimen convenientes (...)", procede realizar un trámite de información pública, audiencia y consulta del documento actualmente en fase de borrador, en los términos que indica el citado precepto.

II.- Así mismo, en el apartado 2 del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se señala respecto al trámite de información pública que "se publicará un anuncio en el Diario oficial correspondiente a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente, o la parte del mismo que se acuerde", y que "El anuncio señalará el lugar de exhibición, debiendo estar en todo caso a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica correspondiente, y determinará el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso podrá ser inferior a veinte días".

III.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano ambiental deberá someter el borrador del plan y el documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas, que se pronunciarán en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles desde su recepción.

IV.- Finalmente, considerando el artículo 16.4 de la citada Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual "Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes".

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Proceder a la apertura de un periodo de información pública por plazo de cuarenta y cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias, relativo al borrador del Plan Integral de Residuos de Canarias y su documento inicial estratégico.

Durante el referido plazo, el borrador del documento podrá consultarse en cualquiera de las sedes de la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

Asimismo y en igual plazo se podrá consultar la documentación en la web de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, a través del siguiente enlace: https://www.gobiernodecanarias.org/medioambiente/temas/evaluacion-ambiental/evaluacion_ambiental_de_planes_y_programas/.

Las observaciones o sugerencias al documento se podrán realizar de forma presencial en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en los demás registros regulados por el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien de forma telemática en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, mediante el servicio de registro general electrónico al que puede accederse a través de la siguiente dirección web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/rge.

Segundo.- Otorgar un trámite de audiencia por plazo de cuarenta y cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, a los cabildos insulares y ayuntamientos de Canarias, pudiendo acceder al documento a través de la web departamental, indicada en el resuelvo primero.

Tercero.- Formular consulta a las Administraciones públicas afectadas:

1.- Administración General del Estado:

- Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.

- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

- Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

- Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

2.- Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias:

* Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial:

- Dirección General de Lucha contra el Contra el Cambio Climático y Medio Ambiente.

- Dirección General de Planificación Territorial, Transición Ecológica y Aguas.

- Dirección General de Energía.

* Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad:

- Dirección General de Seguridad y Emergencias.

- Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca:

- Dirección General de Agricultura.

- Dirección General de Ganadería.

* Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.

* Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

* Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.

* Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda.

* Consejería de Sanidad.

3.- Administración insular y municipal:

- Consulta a la Federación Canaria de Municipios.

- Consulta a la Federación Canaria de Cabildos.

Cuarto.- Formular consulta al público interesado:

- Ben Magec-Ecologistas en Acción.

- WWF/Adena.

- Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN).

- Unión General de Trabajadores.

- Comisiones Obreras.

- Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).

- Mancomunidad del Nordeste de Tenerife.

- Mancomunidad del Sureste de Gran Canaria.

- AGERCAN.

- ASINCA.

- ECOEMBES.

- ATARETACO.

- ISONORTE.

Quinto.- Remitir la presente Resolución al Boletín Oficial de Canarias para su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 2020.- El Viceconsejero de Lucha Contra el Cambio Climático, Miguel Ángel Pérez Hernández.

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