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BOC Nº 140. Lunes 13 de Julio de 2020 - 2254

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona

2254 EDICTO de 5 de marzo de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000531/2018.

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BOC-A-2020-140-2254. Firma electrónica - Descargar

Dña. Sara Argente Vicente, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En Arona a 8 de julio de 2019.

SENTENCIA

Vistos por, Nidia Méndez Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona, los presentes autos de juicio verbal nº 531/2018, a instancia de la entidad Caixabank, S.A., representada por la procurador de los tribunales doña Ana Jesús García Pérez y asistida por la letrada doña Maryelín Méndez Hernández contra doña Silvia Elisa López y don Alfredo Héctor Daniel González, representados por la procuradora de los tribunales doña Cayetana López Adán y asistidos por el letrado don Armando Ángel Perera García, sobre desahucio en precario.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Ana Jesús García Pérez, en nombre y representación de la entidad Criteria Caixa, SAU, contra doña Silvia Elisa López y don Alfredo Héctor Daniel González y cualquier otra persona que sea morador-ocupante, y en su consecuencia:

Declaro haber lugar al desahucio por precario de la parte demandada respecto de la vivienda descrita en el fundamento jurídico primero de la presente resolución.

Condeno al demandado o demandados a desalojar la totalidad del inmueble, dejándola libre y expedita de enseres y moradores a disposición del actor en el plazo de un mes, con apercibimiento de lanzamiento judicial para el caso que no la abandonare.

Condeno a la demandada al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe interpone, recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, recurso que deberá presentarse ante este Juzgado y será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes en paradero desconocido, expido y libro el presente en Arona, a 5 de marzo de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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