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BOC Nº 133. Viernes 3 de Julio de 2020 - 2122

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

2122 DECRETO 59/2020, de 18 de junio, por el que se acuerda la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Ciencia e Ingeniería de Datos por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

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BOC-A-2020-133-2122. Firma electrónica - Descargar

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado.

Las enseñanzas de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional.

El apartado 2 del artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, establece que para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deberán poseer la autorización pertinente de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en la legislación de la misma y lo previsto en el artículo 8 de esta Ley, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno. El procedimiento deberá preservar la autonomía académica de las universidades.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias.

La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria ha solicitado con fecha 9 de julio de 2019, a través de su Vicerrectorado de Titulaciones y Formación Permanente, la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Ciencia e Ingeniería de Datos, previo acuerdo de su Consejo de Gobierno de fecha 15 de mayo de 2019 sobre aprobación de la propuesta de modificación de su Memoria de verificación del Grado.

El Pleno del Consejo Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión ordinaria celebrada el 27 de mayo de 2019, acuerda informar favorablemente la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial anteriormente citado.

La Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa (ACCUEE) informa con fecha 20 de diciembre de 2019 que el mencionado título oficial universitario cumple con los requisitos y criterios establecidos en el Decreto 168/2008, de 22 de julio, que regula el procedimiento, requisitos y criterios de evaluación para la autorización de la implantación de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por Orden de 17 de abril de 2020, de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se acuerda el inicio y/o la continuación de la tramitación de determinados procedimientos indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios públicos en el ámbito de la Dirección General de Universidades durante la vigencia del estado de alarma, en cuyo apartado 6 del anexo se hace referencia a los trámites necesarios para la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Universidades.

El Consejo Universitario de Canarias informa con fecha 27 de abril de 2020 la propuesta de implantación de estas enseñanzas universitarias.

La implantación de estas enseñanzas no supone coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, previo informe del Consejo Universitario de Canarias, y de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza por su Estatuto de Autonomía, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 18 de junio de 2020,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Ciencia e Ingeniería de Datos por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Segundo.- La implantación de estas enseñanzas queda condicionada en su efectividad a la verificación del plan de estudios previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Tercero.- El alumnado que haya comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrá acceder a estas nuevas enseñanzas que se implantan, previa admisión de la Universidad, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y en la normativa de la propia Universidad.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de los Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 18 de junio de 2020.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Ángel Víctor Torres Pérez.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

p.s. (Decreto 45/2020, de 25 de mayo, del Presidente),

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA,

LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO

Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL,

José Antonio Valbuena Alonso.

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