Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 120. Miércoles 17 de Junio de 2020 - 1871

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 (antiguo Mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna

1871 EDICTO de 10 de febrero de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000976/2018.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 228.61 Kb.
BOC-A-2020-120-1871. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Juan Manuel Pérez Ramos, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 (antiguo Mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

La Ilma. Sra. Dña. Carmen Rosa Marrero Fumero, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de San Cristóbal de La Laguna y su Partido Judicial, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal nº 976/2018, en el que ha sido parte demandante D. Agustín Rodríguez Reyes, representado por la Procuradora Sra. Schwartz Gutiérrez y asistido por el Letrado Sr. Muñoz García, y parte demandada "El Pentágono Impermeabilizaciones, S.L.U.", en situación de rebeldía procesal, ha resuelto dictar la presente

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 6 de febrero de 2020.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por D. Agustín Rodríguez Reyes contra "El Pentágono Impermeabilizaciones, S.L.U.", y en consecuencia:

a) Se declara resuelto el contrato suscrito por las partes al que se hace referencia en el Fundamento de Derecho Primero de la presente sentencia.

b) Se condena a "El Pentágono Impermeabilizaciones, S.L.U." a reintegrar al actor la cantidad de mil ochocientos noventa y cinco (1.895) euros, más los intereses legales devengados por dicha cantidad desde el 22 de junio de 2018.

Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la expresa advertencia de que contra ella no cabe recurso.

Así, por esta, mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.- La Magistrada-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. El Pentágono Impermeabilizaciones, S.L.U., expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 10 de febrero de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias